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Obligaciones de Eroski y Fagor

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Obligaciones de Eroski y Fagor
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Obligaciones de Eroski y Fagor
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#8929

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

y otra opcion que me planteo es ventas por necesidades de liquidez...
#8930

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

Me parece que la autocartera está "comprada" al 100% en la época de las demandas de las preferentes en las que las demandas eran contra el emisor (Eroski) basadas en la información contenida en el folleto de emisión. Como estas demandas algunas veces se perdían  ya que se entendía que era riesgo de inversor, se empezaron a poner las demandas contra los comercializadores (bancos) basadas en la falta de transparencia en la colocación de las preferentes y vicio en el consentimiento, que se ganaban más fácilmente que las anteriores contra Eroski con resultados diversos.
Por lo tanto aquí no ha habido buen precio de compra.
Y contablemente las operaciones con autocartera no afectan a cuenta de resultados. Las diferencias van directamente contra reservas. De hecho los saldos de las AFSE FF.PP. compradas no están en el activo, están en el pasivo (cuenta del grupo 108 del PGC) minorando por el valor nominal los FF.PP. Cuando se vende ahora 100.000 euros al 30% lo que ocurre es que se incrementan los instrumentos de capital en 100.000 euros (se reduce la cuantía de lo que minoraba los FF.PP.) y se lleva a reserva especial (cuenta del grupo 114 del PGC) en el activo 70.000 euros (una reserva especial en el activo lo que hace es disminuir las reservas).  Pero no se lleva nada a través de cuentas de resultados.
En cuanto a las AFSE que computan como deuda en lugar de FF.PP. no estoy tan seguro de que los resultados se lleven directamente a reservas y no pasen por la cuenta de resultados, pero si que lo que hace una venta es incrementar la deuda de la cooperativa por el importe nominal (cuando las había comprado se había disminuido la deuda a través de una cuenta compensatoria).
Todo ello a salvo de contabilización a través de filiales en lugar de la matriz y de que yo no esté equivocado.
De cualquier modo creo que nos queda menos de 1 mes para ver publicada la información semestral y algo nos desvelará sobre este asunto.
#8931

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

Si están compradas al 100% y bajan al 30%, el auditor obligará a valorarlas a su valor real (las perdidas cuando se conocen y los beneficios cuando se realizan), con lo que mi planteamiento podría seguir siendo válido y la aplicación permitiría mejorar un poco su valoración. 

No tengo experiencia en el trabajo con este tipo de instrumentos en la empresa, pero funcionaría para otro tipo de activos "físicos". En este caso, el cambio en la valoración de activos va directamente a la cuenta de resultados.
#8932

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

Creo que hay que tener en cuenta la finalidad de las compras de los activos.  La normativa es diferente para aquellos activos que están destinados a la venta que si tienen que estar valorados a precios de mercado, con aquellos que no lo están (como es el caso de las participaciones preferentes adquiridas por Eroski) pueden seguir contabilizadas al precio de compra.
Para mi el problema viene de que estamos hablando de una cooperativa y no conozco norma que regule algo que en principio no es muy coherente.  Una cooperativa tiene como fondos propios las aportaciones de sus socios cooperativistas y nada más y los estatutos indican como se dan de baja los socios (reducción de capital) o entran nuevos socios (ampliación de capital).
Pero después aparece la figura de las participaciones preferentes, que para las entidades financieras son fondos propios porque, no siendo acciones, sin embargo sus características de no estar sujetas a pago de intereses ni capital y ser subordinadas son equiparables contablemente a FF.PP.  El siguiente paso es el bodrio de las AFSE que es para una cooperativa lo mismo que una preferente para una sociedad.
Por eso tiene la consideración de FFPP. una emisión (la que puede no pagar intereses) y de deuda la otra emisión (que siempre tiene que pagar en efectivo y no ampliando el nominal).
Por lo tanto, considerando que una cooperativa puede adquirir sus títulos de capital ¿¿?? supongo que el auditor les habrá llamado la atención del artículo 141 de la LSC que obliga a la venta en un plazo máximo de 3 años de aquellas participaciones que se hayan comprado.
Hasta ahora no lo habían cumplido porque efectivamente no es una S.L. sino una cooperativa, pero esto chirría por todos los lados, por lo que yo creo que este debe ser el motivo, ya que la alternativa a no vender es amortizar, y en una emisión colocada a mercado no se puede amortizar parcialmente, sino que se debe amortizar la totalidad.
Otra cosa (y creo que así puede haber sido) es que hayan pactado esos tres años para quedarse en una zona intermedia de reconocer la la Ley de Cooperativas no tiene previsto esto y por otro lado que la LSC si pone el plazo y debería ser de aplicación en caso de silencio en este tema.
Como siempre es mi opinión y puedo estar equivocado, pero siempre he pensado que era por motivos regulatorios o para mejora de rating (donde efectivamente queda mucho mejor que o vendas a mercado o valores a precio de mercado unos activos que cotizan aunque no sean para la venta).
Y no quiero alargarme más, hay que recordar que los últimos bancos americanos que han quebrado lo han hecho porque no tenían valorados a mercado los bonos que habían comprado a largo plazo y no lo tenían que hacer porque precisamente eran productos comprados a vencimiento, no para la venta.
#8933

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

 Hice un curso de adultos de un año en contabilidad pero te confieso que no he entendido tú argumentada respuesta.
Simplificando... Es bueno o malo par a las cuentas de Eroski las ventas semanales ?? 
Intuyo que malo, pero lo hace porque alguien le obliga..
Gracias As y un saludo 
PD aún no había leído tu respuesta posterior.

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#8934

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

Siempre es un placer leerte as.

No obstante, a mi me asaltan varias dudas y reflexiones:
  1. Me resulta extraño que la venta a 30, cuando se ha comprado a 100, no genere algún tipo de efecto en la cuenta de resultados. Máxime cuando el tratamiento de esas AFSE era de capital. O sea, vendes ¿y no tienes ningún efecto? Me diréis, sí, en balance. Pero aún así, me llama la atención. Solo si estuvieran valoradas a precio de mercado siempre, pero no me parece que sería consistente con su tratamiento de “capital”. No obstante, tú sabes más.
  2. Los 3 años a los que hace referencia la ley, se han cumplido hace tiempo. ¿Por qué ahora? El auditor les debería de haber llamado la atención mucho antes. Si está vinculado con la negociación de la deuda, los tres años acaban de empezar. Quemar todas las naves vendiendo los primeros meses… Me parece raro.
  3. Lo que sí está claro es que las ventas no están produciendo una bajada de precio. Parece evidente que lo estén  traspasando a un tercero de manera coordinada, salvo despistes.
  4. Cada vez parece más claro que las cuantías que se intercambian solo pueden venir de Eroski o de algún gran banco (laboral, BBVA,…) que en el momento inicial se hiciera con más de la cuenta y ahora está soltando por el motivo que sea. Pero lo realmente importante aquí , a mi juicio, es que lo hace sabiendo que hay contraparte. Como si lo estuviera repartiendo entre sus family office o sus SICAVS… Esto tiene varias implicaciones. La principal, a mi juicio: con sus riesgos y circunstancias, no es tan mala inversión para que se mantenga el precio aun cuando se ha incrementado (mucho) el volumen de venta, con lo que a efectos prácticos, parece que se conforma un suelo. 

Y efectivamente el efecto del cupón corrido, es relevante. Estar dentro te da el medio punto mensual, como bien decía pedroluisfer.

La pregunta aquí es si en algún momento se va a seguir manteniendo los volúmenes en la venta y va a dejar de haber contraparte. Si tuviera que apostar, diría que no. Todo está coordinado. 

Buen fin de semana.
#8935

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

Coincido plenamente en los puntos 3 y 4 , aún reconociendo mi total desconocimiento de estas maniobras empresariales. Evidentemente para mí hay un pacto.. cada suelta tiene su comprador pactado, porque con el poco movimiento que había antes, de no entrar nadie a comprar estarían al 20 %
S2

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#8936

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor,

muy interesante, gracias por la clase!
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