Esto es lo que se ha hablado en el programa de Rac 1 Tot es posible, donde ha hablado
el Sr. Conesa director de la oficina de Consum de Catalunya. En su página web os podéis descargar el programa y escucharlo por internet.
Esta información es para toda la gente que quiera acogerse al ARBITRAJE.
MUY IMPORTANTE LA FECHA LIMITE PARA ACOGERSE AL ARBITRAJE ES EL 30-6-2013 a las 24 H
PASOS ARBITRAJE:
1-Hay que solicitar en la oficina de bankia, el documento del arbitraje.
2-Rellenar todos datos y aportar toda la documentación que soliciten , OJO DE LA DOCUMENTACION QUE SOLICITEN NO DAR ORIGINALES HACER FOTOCIAS PARA LOS DEL BANCO, hacer duplicado de todo, una copia se le da al banco , la otra que la sellen (todas las hojas que se den) , y nos la quedamos nosotros . (por si se extravía algo )
Han recomendado que si se tienen dudas de cómo rellenar la solicitud, en cualquier agencia de consumo de nuestra población nos ayudaran, recordad que consumo es un servicio gratuito.
3- Hay gente que ya había presentado reclamaciones en algún organismo de consumo, ESTO NO VALE, hay que ir a nuestra oficina y solicitar el documento de arbitraje.
4-Los requisitos que han comentado, los cuales se van a basar para aceptar el arbitraje o no , imagino que lo sabemos todos, pero para el que no , debemos tener claro que presentar el documento de arbitraje no significa que no los acepte.
Gente con preferencia para el arbitraje:
Menores sin tutores, es decir imaginemos yo soy menor de edad y tenía una cartilla con algún dinero, el banco bajo su criterio ha decidido invertir mi dinero en este producto , se que suena surrealista pero si lo incluyen seguro que es porque hay algún caso.
Discapacitados sin tutores.
Falta de documentación
Falta test MIFID
Inversores minoristas que hayan invertido 10.000 € , esto es por titular, si en la misma cuenta hay 3, pues serian 30.000€ .
Edad.
Estudios
Cargas
La auditoría encargada de hacer la criba, creo que todos sabemos quién es KPMG, (este comentario lo añado yo, no sé hasta qué punto son imparciales, y añado como dicen en la tele presuntamente)
Pongamos el caso que nos aceptan el arbitraje, el banco nos llamará estudiara el caso, y puede que nos devuelvan todo el dinero que pusimos, el nominal (menos los intereses que casi al 100% habrá que devolverlos) perfecto es lo que todos deseamos.
PERO también han explicado que puede pasar que nos acepten el arbitraje, pero no nos devuelvan todo el nominal, es decir yo tenía por ejemplo 10.000 € , pues que me digan te devolvemos 6.000 € SI YO ACEPTO EL ACUERDO Y FIRMO, NO PODRE DENUNCIAR PARA QUE ME DEVUELVAN EL RESTO ES DECIR LOS 4.000 € QUE FALTAN.
Pero si no firmo y no acepto el acuerdo SI que podre denunciar, porque no he aceptado el LAUDO YA QUE NO HE FIRMADO.
RECORDAR QUE EL LAUDO (resultado) QUE SALGA TANTO PARA LOS QUE VAYAN AL ARBITRAJE COMO PARA LOS QUE DENUNCIES ES FIRME HAY QUE ACEPTARLO , o una cosa o la otra las dos no.
Y MUY IMPORTANTE LA FECHA LIMITE PARA ACOGERSE AL ARBITRAJE ES EL 30-6-13 A LAS 24 H.
Creo que no me dejo nada.