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BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

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BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035
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BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035
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#2129

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

No he leído el post de Linares al respecto, pero el tema es si este 2012 las plusvalías de aumento de patrimonio (RV+CFD) tributarán aún al 21-25% o ya van al marginal.
Si este año aún van al 21-25% es mejor tener este año plusvalias y así el año que viene tienes minusvalías (pensando que así te minorará plusvalías que puedas tener el año que viene, que tributaría al marginal).
Con ello, lo que quiero decir es que LA PATA QUE TE INTERESA CERRAR ESTE AÑO ES LA QUE GANAS.

#2130

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

Cuando te refieres a que va al marginal, quieres decir a sumar a la base imponible del IRPF? Entonces si tu IRPF es menor del 21-25%, seguiría interesándote pasar las plusvalías al año que viene no?

Y de lo de la fiscalidad del arbitraje sabes algo?

El post de Llinares está muy bien, y algunos comentarios dentro del post tb.

https://www.rankia.com/blog/llinares/1461866-tierra-bolsa-para-que-trabaja

Saludos.

#2131

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

Efectivamente, si el marginal mínimo que existiera fuera del 21% sí interesaría pasar cosas para el año que viene, pero da la casualidad que en el tipo general el tipo mínimo es del 24,xx%(en función de la CC.AA. de residencia fiscal) con lo que entrada ya pagarías mas (otra cosa es que luego tubieras deducciones)
No obstante siempre puede ser interesante desde el punto de vista financiero posponer la tributación todo lo que se pueda, pero este año a finales puede ser interesante mirar las cosas, sobre todo lo que estubiera rondando el año de antigüedad.

http://www.gesdocument.com/actualidad/nuevo-gravamen-complementario-en-las-tarifas-del-irpf

#2132

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

Efectivamente, las plusvalías de las accions y CFD van a la base imponible. Pero cuidado que este es un error bastante común: tienes que pensar que van a tu MARGINAL y no a TU MEDIA DE IRPF. Es decir, en ANDALUCIA, segun tablas de 2011, a partir de 17,707 euros tributas 24% (12% tramo autonómico + 12% tramo estatal) y a partir de 33.007 euros tributas 28% (14% + 14%).
Así vas subiendo,...por ejemplo, a partir de 53.407 tributas 42,50% (21,5 + 21,5). En Andalucía vuestro máximo es 48% (en 2011).
Eso eran los tramos de 2011, creo que en 2012 son más.

#2133

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

En cuanto a la fiscalidad del arbitraje hemos hablados largo y tendido y tenemos 2 versiones distintas, de las que no nos ponemos de acuerdo. Desde luego, en marzo del año que viene tenemos que abrir un post específico y llegar a una conclusión final.
Lo Warrats, CFD, etc, eso esta claro, va a ganancias/pérdidas patrimoniales (igual que las acciones).
El tema está en los BONOS CONVERTIBLES. Son RF y por lo tanto van a ganancias/perdidas de capital mobiliario, pero la duda que teníamos en aquel momento es cual es el precio de venta que se toma (y ese precio de venta del bono supone el de compra de las acciones que te dan a cambio). Hay quien dice que el precio de venta es el 100% del bono y hay quien dice que se tiene que tomar el precio al que cotiza la acción el primer día que te las dan (incluso en ese punto había discrepancias, si el del dia anterior en el cierre o la cotización de la apertura).
Si se hace de la primera manera, toda la ganancia de va a CAPITAL MOBILIARIO y listos, ya que prácticamente lo que ganes en CFD/W lo pierdes en acciones (en el caso del POP actual).
Pero si se hace de la segunda manera, podemos tener ESCASA GANANCIA MOBILIARIA y en cambio MUCHA GANANCIA PATRIMONIAL (en el caso actual del POP, donde los W o CFD estan subiendo muchísimo).

---

A ver si ASDEBASTOS, nos dice que mi razonamiento RESPECTO A LA ASIMETRIA en caso de que se utilize el segundo criterio es correcto, ya que me tiene un poco preocupado.

#2134

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

Según me explicaron en su día, yo estoy con la primera versión. Esta operación tiene dos componentes, uno de Renta Fija y otro de Renta Variable, en la RF habrá que aplicar a aumento de capital mobiliario, la diferencia entre 100, el precio al que los "vendes" cuando aceptas el canje, y el precio al que los compraste, este tratamiento por supuesto también afecta al cobro del cupón.
Después hay un interin, que es precisamente en el que estamos ahora mismo.
Y luego hay una operación de Renta Variable, totalmente diferente, que se computará como Ganancias Patrimoniales, con lo que en nuestro caso, la diferencia será poca porque como bien dices lo que ganas por aquí lo pierdes por allá.
Así que según esta visión, estos arbitrajes son un instrumento más de inversión en RF con su correspondiente tributación como Rendimientos del Capital Mobiliario porque el segundo componente de la operación, el de RV, no debería de tener un efecto significativo si las coberturas están correctamente hechas.

#2135

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

Esto sería lo que APARENTEMENTE PARECE LÓGICO, y además LO QUE MEJOR NOS IRÍA DE CARA A HACER LA DECLARACIÓN EL AÑO QUE VIENE.
En fin, que menudo pitote tendremos el año que viene,...
Por cierto Luis, que te parece a ti el tema que plantea Rankapino y que yo tb comento. En mi caso, tengo por ahí algo así como 17000 euros en plusvalías de CFD ya consolidadas (no latentes). Eso, independientemente de las que generan los arbitrajes, que podrían compensarse con lo que se pierde en acciones (p.e. en este caso del POP).
Este año, parece que van a tributar al tipo fijo pero si me pasa lo mismo el año que viene (y ojala sea así) me van a tributar al marginal (que en mi caso, "por suerte" es el máximo). Que te parecería de intentar abrir cortos y largos a la vez para cerrar la pata con ganancias el 31 de diciembre y la pata con pérdidas en 1 de enero?
---

Lo que no interesa es al contrario, salirme de la pata con pérdidas este año (que tributará al 25%) para meterlo al ño que viene que me voy al 53%.

#2136

Re: BC Popular- 6,750 04/2018 ES0213790035

La verdad es que yo sólo he usado la Renta Variable para arbitrar durante todo este año con lo que por ese lado estoy tranquilo, mi única preocupación es a ver cómo me lo monto para reducir mi rendimiento positivo "irreal" de este año con las convertibles del POP 4,5% porque ahí me van a dar un palo de mucho cuidado porque me computará la diferencia entre el 100 al que me recompraron las preferentes y el precio al que las compré, y claro eso está muy bonito en la teoría fiscal pero en la práctica me machacan porque como no las puedo soltar no puedo conseguir "realmente" el rendimiento ni anotarme ninguna pérdida de capital que lo compense.
Sobre los CFDs, me parece que si cierras la pata con ganancias este año lo único que conseguirás será incrementar tus ganancias patrimoniales con lo que te tocará pagar más (eso es seguro) sin saber cómo te va a ir el año que viene ¿?, en todo caso si fuera tú cerraría este año la pata con pérdidas para que restara lo que ya llevas ganado y te toque pagar menos este año porque a lo mejor el año que viene sabiendo que te van a penalizar por invertir en Renta Variable no lo haces, y además porque si la pata en ganancias no se te da la vuelta la puedes convertir en ganancia a más de un año dejándola correr, en cualquier caso con ponerla un stop loss cuando lo considerases apropiado estarías protegido de que te diera un disgusto. Tal y como lo planteas yo no lo veo porque presupones que el año que viene ganarás seguro y eso parece un poco arriesgado porque con los arbitrajes quedarás más o menos neutro así que las ganancias que se compensasen con esa pérdida serían directamente apuestas y con esas nunca sabes como vas a salir parado, en ese escenario lo único cierto es que recién comenzado el año ya tendrías pérdidas (y además en junio encima tendrás que pagar más a Hacienda con las últimas ganancias).

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