Vamos a ver, en breve pediré para mi padre toda la documentación, aunque sólo sea para dar por saco, pero no entiendo algo, el orden de prelación en el pago en caso de quiebra es, subordinadas, preferentes y acciones. La empresa no quiebra, pide un préstamo, está en declaraciones de los ministros, por lo tanto no esta quebrando, es un préstamo, como puedo aceptar que me cambien el orden de prelación de subordinadas a acciones, que es lo que querrán, nos hemos vuelto locos o que¡¡¡¡, cambiamos arena por oro o que???. De momento me quedo, por nuestra parte como estoy, la entidad será viable, por lo cual seguramente intentarán empapelar con acciones y luego pasarás a ser el último en la prelación al pago si hay quiebra, para que me quede mi familia sin los 50000 euros, el resto de accionistas tiene que perder el 100%. Aguantad, si podeis por error en los contratos o porque no se hizo bien, por incumplimiento que os devuelvan el dinero, pero sino en la ventana de amortización harán lo mismo que con las cedular hipotecarias, ahora el interes se relaja, al 3%, cumplen, pero en el 2014 creo la cosa se complica, entonces quien quede le amortizarán, de todos modos, preparad todo por si hay que ir a juicio, pero de momento cumplen, hay un contrato, los contratos son para cumplirse. Ánimos a todos, juntemonos para que no nos engañen ni los trollos ni los trileros de los bankkeros... VICTOR DE CASTELLON