http://www.larazon.es/detalle_normal_economia/noticias/2616480/economia/la-audiencia-abre-la-via-penal-por-las-prefere#.UbbEX9grE1I
“En relación con ello es donde Andreu pone de relieve la «necesaria» investigación en sede penal de las «malas praxis» a las que aludía la Comisión Nacional del Mercado de Valores en su informe, «las cuales se refieren no sólo al proceso de comercialización, sino también al de negociación de las participaciones preferentes, y si efectivamente se vino a crear un mercado interno ficticio, en el que se hubiera manipulado de forma continuada los precios de cotización para mantenerlos artificialmente altos».
Averiguar el verdadero interés
Y ello, con el fin de «aparentar que la cotización de estos productos era estable, fingiendo ante los inversores la existencia de un mercado secundario real, de forma que, como señala la CNMV, se hubiera creado un conflicto de interés entre los clientes que compraban las emisiones y los que las vendieron, «puesto que el valor razonable era muy inferior a aquel al que se realizaron las transacciones».
http://www.teinteresa.es/enrique_utrera/Bankia-Bancaja-Caja_Madrid-Audiencia_Nacional-Fernando_Andreu_0_935307916.html
La decisión de Andréu no puede ser más valiente. ¿Se imaginan a los directores de sucursal de los bancos y cajas implicados explicando con todo lujo de detalles qué órdenes recibieron para colocar preferentes y de quién, por qué importe, en qué plazos y con qué incentivos? En definitiva, vamos a saber cómo era la cadena de mando.
http://cincodias.com/cincodias/2013/06/10/mercados/1370858135_175283.html
Los posibles delitos que investigará Andreu son seis.
Primer delito: por estafa. Los querellados habrían ideado “un producto lo suficientemente complejo como para que fuera difícilmente entendible por los inversores minoristas” y además “generaron numerosos incentivos en su propia red comercial para que todos los esfuerzos se concentraran en vender dicho producto, utilizando en muchos casos la propia incomprensión [...] de la citada red comercial”. El auto añade que “se aprovecharon de la confianza previamente generada para hacer creer que era un producto seguro” y que “fingieron la existencia de un mercado secundario oficial real”.
Segundo delito: estafa de inversiones. Aquí el asunto estaría en “el falseamiento de la información empresarial que debe constar en los folletos u otra información empresarial que debe estar depositada en la CNMV”.
Tercer delito: apropiación indebida. “Según se afirma en la querella, del informe emitido por la inspección del Banco de España de 5 de marzo de 2012, se deriva la posibilidad de que las participaciones preferentes fueran comercializadas como si fueran depósitos”, explica el juez. “Si junto a lo anterior se llegara a acreditar la inexistencia de un mercado real en que dichos productos pudieran ser intermediados de una forma transparente, podría llegarse a entender que lo vendido a los clientes tendría la naturaleza y características de un depósito, con la consiguiente obligación de devolución a sus titulares”, asegura el auto.
Cuarto delito: publicidad engañosa. No solo por “la comercialización de las participaciones preferentes, sino respecto a la inexistencia de un verdadero mercado [...], induciendo a engaño a los inversores sobre la rentabilidad, solidez y liquidez de la inversión”.
Quinto delito: administración fraudulenta o desleal. “La parte querellante denuncia que no solo no hubo anteposición de los intereses sociales sobre los propios sino que en un claro conflicto de interés los administradores manipularon los precios del mercado de las preferentes y otros instrumentos híbridos, causando un perjuicio directo a la sociedad”, explica Andreu.
Sexto delito: maquinación para alterar el precio de las cosas. “El escrito de querella [...] denuncia que los querellados aprovecharon la falta de trasparencia del mercado [...] para crear un mercado interno ficticio, manipulando los precios de la cotización a fin de mantener la ficción de que el producto tenía una liquidez inexistente e incluso una buena cotización, fingiendo ante los inversores la existencia de un verdadero mercado secundario real”.