Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
La pregunta que haces es:
Ejecutar la sentencia , tiene un coste y ademas asumes un riesgo porque si luego en el recurso me encuentro que les dan la razón a ellos debería yo pagarles de nuevo sumando los intereses legales + un 2% por los procesales , que en el caso de no ejecutarse la sentencia irían sumándose a mi favor hasta que los muy viles pagaran....
¿Como lo veis? ¿ Ejecuto o espero...?
Te voy a responder con otra pregunta, yo en 2009 compré acciones de Grifols, si ves la cotización actual, verás que no pierdo dinero precisamente, bueno ya lo pierdo en otros valores (no es oro todo lo que reluce) ¿vendo o espero?
Ahora en serio, la coña del párrafo anterior, es porque cada cual en estas cosas tiene sus propias teorías, por tanto es complicado de recomendar, entonces solo te pondré los pros y los contras, a partir de ello tu decides, dependerá de tus posibilidades.
En contra de pedir la ejecución provisional:
Si la apelación fuera contraria, tendrás que devolver el dinero mas el interés de demora, al 6% creo, y no vas a conseguir rentabilizar el dinero hasta este punto, a no ser que corras muchos riesgos.
No es seguro que el juez acceda, al considerar que el banco sigue siendo solvente, lo cual es bastante opinable, digamos que la solvencia la tiene su accionista (FROB.
Todo lo que tarden en consignar el dinero en el juzgado son intereses para ti, también al de demora (ccreo), que te ayudaría a pagar los gastos a los que no les han condenado.
A favor.
Si la caja se vende enterita, la responsabilidad del pago será del comprador, las empresas se venden con todos sus activos y pasivos, esto es un pasivo, y bajo sentencia judicial no estaría sujeto a convenio o quita alguna.
Si se vende por partes, al estilo Banco Mare Nostrum (oficinas Caixa Penedès), si son depósitos o créditos, la entidad que asume las oficinas se queda con lo que había en las mismas, pero esto no es un depósito, ni siquiera de oficina, es capitalización de la sociedad bancaria Catalunya Banc, S.A. (de su grupo de sociedades consolidadas en balance), si se reparten oficinas, a quien reclamas, a la oficina tuya, al que se queda con la ficha bancaria, o a quien se queda con la sociedad anónima, ya te veo iniciando una nueva investigación o demanda contra todos los participantes, para que el juez decida quien coño tiene esto traspasado a sus pasivos. O puede que en los pactos de partición quede claro, y ni vía crucis ni leches.
Catalunya Banc hoy por hoy no es solvente, me refiero al concepto de solvencia de balance, no el concepto de "estos no pagan", si que pagan, la solvencia contable es un término de balance y tiene que ver con la capitalización, hoy está correcta, pero si hay pérdidas en 2013, el FROB tendrá que recapitalziar de nuevo, para cumplir Basilea III (creo, o Basilea II, bueno es igual) ¿lo hará?.