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En los últimos meses, y después de que varias asociaciones de consumidores denunciaran una venta inapropiada -sin información adecuada o errónea en muchos casos- de estos activos, son varias las entidades financieras que han aprobado canjear las participaciones preferentes por otros productos, en su mayoría acciones, deuda subordinada y bonos.
Desde que saliera a la luz el escándalo de la venta de preferentes, la CNMV ha abierto ya seis expedientes a distintas entidades por la mala comercialización de productos de renta fija, si bien, asegura el informe, de un incumplimientos generalizado.
En el caso de que los afectados por la venta de participaciones preferentes consideren que se les vendió el producto de manera inadecuada ya pueden reclamar por su inversión a la CNMV de la siguiente manera.
Para que la reclamación sea efectiva, lo primero que tiene que hacer el afectado es buscar todos los documentos firmados. Dados los numerosos filtros que debían pasar los ahorradores para conseguir hacerse con este tipo de productos de renta fija, en el caso de que se pueda acreditar que el inversor no cumplía alguno de éstos puede ser decisivo para lograr la razón de la CNMV.
Los documentos a aportar a la CNMV, y que pueden ayudar a demostrar que la venta se realizó de forma fraudulenta, son en primer lugar el Test de conveniencia que las entidades financieras realizan para cerciorarse de que este producto se ajusta al perfil del cliente. Si el resultado fue negativo, el cliente debió firmar un documento en el que se aseguraba que se le había informado debidamente de la inconveniencia de la obtención de este producto.
Otro de los documentos debe conservar es el papel en el que se detalla de qué se trata el producto, firmado por la entidad bancaria y por el cliente, y el tercero es otro documento -de menos de un folio- en el que se recogen los riesgos del producto. Aunque ninguno de estos dos es obligatorio, sí que es recomendable y en los casos tratados por la CNMV sobre las preferentes de BBVA, Santander, Banesto y Banca Cívica, su existencia y la falta de comunicación de éstos más la ausencia de la firma del ahorrador ha ayudado a muchos afectados al canje de su inversión.
El último documento a acreditar en su reclamación es la orden de suscripción. Al igual que el resto de documentos firmados, las entidades financieras tienen la obligación de guardar una copia y mostrar al cliente todos ellos cuando éste los solicite. La correcta firma de estos documentos o no será de vital importancia para que la CNMV dé la razón o no a los pequeños inversores.
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Amigos afectados de CX ,, este documento de informacion pre-contractual no existe por parte de CX,y el folleto que si existia pero no nos entregaban no esta firmado por ninguna parte ,, a mi ya me lo han confirmado ,,, asi que otro tanto a nuestro favor .....
Todo eso mas nuestra triste o inexistente expereriencia inversora , va ha hacer que Septiembre este calentito, calentito .......Guindos ,,,, que te pilla el toro,,,,,,,