Estimada Cristina,
Soy licenciado en derecho pero no abogado en ejercicio. No estoy muy puesto en esto que me preguntas, pero creo que te podrán dar esa información sin problemas en el Colegio de Abogados de tu provincia. Creo que lo del turno de oficio está muy mal últimamente con los recortes, pero pregunta a ver.
Si me permites, una aclaración:
- En el ámbito civil, se llama demandar.
- En el ámbito penal, se llama denunciar.
Si yo no tuviera un céntimo pero tuviera el convencimiento de haber sido víctima de un delito, en cualquier caso denunciaría.
Denunciar no tiene ningún coste y no hace falta abogado. Para demandar sí.
Existe en nuestro Código Penal el delito de estafa:
Artículo 248.
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
Artículo 249.
Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
Si a tí te ha pasado eso, te vas a la guardia civil o al juzgado y pones una denuncia, te dan una copia, haces una fotocopia y te vas a comunicarle a las personas que PRESUNTAMENTE te han estafado que las has denunciado, y que si te devuelven tu dinero, le comunicarás al juzgado que ya no te consideras víctima, pues el presunto estafador se ha arrepentido y te ha devuelto el dinero. Si quienes presuntamente te han estafado no consideran que han utilizado engaño bastante para producir un error, pues no te devolverán el dinero y se defenderán, pues son inocentes mientras no se demuestre lo contrario. Puede que te propongan un arbitraje para dirimir si lo que ha habido no es un engaño sino un malentendido, y si es un malentendido achacable a ellos pues te devolverán el dinero.
Ojo, hasta que no haya sentencia por el presunto delito de estafa cometido, entiendo que no puedes interponer una demanda civil.
Pero entiendo, salvo mejor opinión, que nada te impide aceptar un canje por las estampitas que te han colocado mediante engaño. Necesitas el dinero y te han dado a cambio de 1.000 euros un anillo que te han dicho que es de oro, pero resulta que es de hojalata. Si vendes ese anillo de hojalata por 100 euros que necesitas para comer, eso no implica que no te hubieran engañado para vendértelo. El anillo era de hojalata y te dijeron que era de oro y como tal lo compraste. Si lo has vendido, no quiere decir que lo hayas convertido en oro. Capisci?
¡Suerte!