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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#5953

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola a todas/os!
Finalmente, mis padres han tenido suerte, porque han recuperado la mayor parte del dinero que destinaron a deuda subordinada en el 2.000 (deuda de la 3ª emisión, con vencimiento el 1 de enero de 2013). Destinaron 1.503€ y han recuperado 1.480€ menos 1 céntimo (han aplicado una quita del 1,5%). Hace poco acudimos a la oficina de Cataluña Caixa en la que tienen la cuenta bancaria y solicitamos un documento de liquidación, en el cual se reflejara, por un lado, que nos devuelven 1.480€ menos 1 céntimo en vez de los 1.503€ que pusieron mis padres en su día y, por otro lado, el o los motivos de esa disminución de dinero. Pues no nos dieron ningún documento. Nos explicaron de palabra los motivos de esa quita (el rescate y tal). La cantidad de euros que han quitado a mis padres es mínima (23,01€), pero creo que tienen derecho a que la entidad les dé un documento que justifique esa forma de proceder. Si no, el día de mañana se pueden sacar de la manga que, en base a no sé qué historia, te quitamos "x" euros, sin justificarlo con una normativa aplicable. En mi opinión, esto muestra la impunidad con la que actúan y la indefensión que sufrimos. Evidentemente, mis padres no se van a meter en juicios y demás por 23 euros, pero queda una sensación de rabia e impotencia. Desde aquí, quiero enviar muchos ánimos a todos los afectados. Espero que acaben recuperando sus ahorros. Saludos

#5954

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Te entiendo perfectamente pero creo, como escribí ayer en el foro, que debería ser al revés; que Cx pida que no se le reclame nada. Si no hay ningún apel aceptando dicha quita siempre puedes acudir a la vía judicial (ya sé que por 23 euros no vale la pena pero por otras cantidades entiendo que sí). O sea que puedes cobrar el 98,5% del nominal en cash y reclamar ; incluso puede que para no perder ese nominal del 98,5% Cx haya ofrecido depósitos a 4/4,5 % y... se pueda reclamar judicialmente ese 1,5%. (Te pagan un depósito para "fidelizarte" y tú les reclamas judicialmente por la quita aplicada....) Para mear y no echar gota (con perdón).

Como hagan algo parecido para las quitas más superiores que vendrán (ya sé que se tratará de canje por acciones pero ya veremos qué se inventan [¿no se ha dicho la semana pasada que De Guindos quiere echar mano del FGD para pagar en cash lo que quede del nominal tras la quita?, pues eso]).

#5955

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

hola, yo tambien tengo participaciones preferentes que me vendieron en febrero de 2011, me pone perfil agresivo. y el test no lo tengo. mi pregunta es por que es quasidelictivo¡¡ que me las vendieran en esa fecha, es por que ya se sabia que las participaciones no se debian vender, se le puede acusar de estafa al director que me lo vendio.

#5956

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Pues lamento que no te hayan informado de los motivos porque no es complicado. Está publicado en el BOE a finales de diciembre. No tengo la fecha exacta pero te paso el link de la página del FROB que lo dice todo. En tu entidad te tenían que haber informado de esto. Si no saben esto pues es que están muy mal. No me extraña que alguno se vea despedido por no preocuparse lo suficiente por sus clientes y por estar al dia.
http://www.frob.es/notas/20121219_RESOLUCION_CX.pdf
Además te remitirán a tu domicilio una comunicación del abono y te indicarán el importe abonado.
Finalmente te remitirán la información fiscal en el que aparecerá el abono con la quita.

#5957

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Es cuasi delictivo por varios motivos:
El primero que hay una circular de la CNMV del año 2010 en el que indica que los mercados internos no son buenas prácticas, y si han seguido en el mercado interno en el año 2011 lo han hecho mal.
Después si te han rellenado ellos el test MIFID y han puesto alguna irregularidad, si tu puedes demostrar que es mentira lo que pone el test (por ejemplo que habías comprado acciones o fondos y no tenías ninguno) ya se ve que había intención de que saliera como producto conveniente cuando no lo era.
Ya mucho más escandaloso es que ni siquiera te hubieran hecho el test.
Si es así ves pidiendo que te hagan el arbitraje.
Pero ni se te ocurra (bueno es tu decisión) ir a una demanda por estafa, salvo que puedas probar que las preferentes que te vendieron las vendió a su vez el empleado que te las vendía o un familiar suyo. Para que haya estafa tiene que exitir un "desplazamiento patrimonial" es decir que quien te estafe se lucre.

#5958

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Te pongo un enlace de una noticia al respecto:
http://www.publico.es/espana/446481/una-jueza-califica-de-estafa-la-primera-causa-penal-por-las-preferentes
Es estafa porque si te dicen que es como un depósito ya que se puede liquidar fácilmente, ellos en ese momento ya sabían que esas preferentes eran de dudosa venta en el mercado (y seguro que si lo eran era muy por debajo del 100% del valor nominal).
dicho de otra manera: en ese momento ya se sabía que lo que estaban vendiendo era un prioducto tóxico (la noticia habla de La Caixa, que está saneada, imagínate en el caso de CX......)

#5959

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Tienes razón pero todos sabemos que el "desplazamiento" patrimonial que obtiene los directores/comerciales de los bancos es vía bonus. Creo que algún juez se ha puesto manos a la obra con todo esto.

#5960

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Creo que desconoces lo que es un "bonus" de un comercial de banca, posiblemente no alcance 1.000 euros anuales.
Posiblemente el director tenga algo más significativo que esa cifra sobre la retribución total anual, pero el "peso" de la venta en mercado secundario de una preferente puede ser cero. Por lo tanto no habría ese "bonus"
Para cobrar ese "bonus" hay que cumplir muchos objetivos.
Y afortunadamente los jueces están para cumplir la ley.
Habrá estafa si hay beneficio de quien comete el delito, si no hay beneficio no habrá estafa. Y también hay que conocer un proceso penal, primero la instrucción y después el juzgado de lo penal. Lo que diga una juez de instrucción es relevante, pero no juzga, solo instruye lo que otros van a juzgar.
Otra cosa será cuando te han vendido las preferentes para que las pueda vender el propio empleado que te las "coloca" o un familiar, pero no cuando cumple las instrucciones generales de su empresa.
Si así fuera no tendríamos cárceles en el mundo. Serían pocos los que estuvieran fuera.

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