Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
http://www.cnmv.es/DocPortal/DocFaseConsulta/CESR/CESR_complexinstruments.pdf
Pag 1 y parte de la 2 ,,,
"En consecuencia , la distinción entre producto financiero complejo y no complejo es fundamental. A tales efectos , La Comisión europea estableció en Febrero de 2006 que la complejidad no necesariamente es sinónimo del riesgo asociado a un instrumento sino que viene determinada por la forma en la que un instrumento está estructurado, en la medida en que ello influirá en la mayor o menor facilidad para comprender los riesgos asociados al mismo..."
Aqui tenemos que jugar todos con las mismas reglas,,, la gente ha firmado ,,, muy bien ,,, ha firmado pero el papel que ha firmado no cumple las normativas.... por lo tanto ese contrato mucho me temo que ...... en fin ... ya falta menos....
No ahi que olvidar que esto trastoca y modifica toda la forma de comerciar con el producto,,,y se da a entender que es mucho mas sencillo de lo que es o que tiene menos riesgo ......o que no lo tiene....