Es sorprendente la cantidad de gente que en 2011 contrato la deuda subordinada de una entidad en quiebra ….
Esta muy claro que alguien se las quitaba de encima... a mi me paso igual....
Yo de ti estaría tranquila,,,,,
http://rdmf.wordpress.com/2012/12/11/la-cnmv-reconoce-las-malas-practicas-con-las-preferentes/
“Teniendo en cuenta estas reglas de funcionamiento, cuando un titular de participaciones preferentes quería vender era frecuente que la entidad canalizara la operación de venta a otro cliente interesado de la misma entidad a su valor nominal, siempre que el valor nominal y el de mercado fueran iguales.Sin embargo, con motivo de la situación general del mercado, entre otras causas, algunas participaciones preferentes empezaron a tener un valor de mercado claramente por debajo del valor nominal. En este nuevo contexto, el case de operaciones a un valor diferente del de mercado entre clientes minoristas de la entidad emisora y/o comercializadora de los valores, o entre los clientes y la propia entidad que presta el servicio de inversión, no se podía admitir, salvo que quedase acreditado que la transacción se realizaba a un precio próximo al valor razonable o de mercado, en caso de no existir contrato de liquidez o de que este se hubiese agotado. Es decir, las operaciones de case entre clientes no debían perjudicar a ninguno de los clientes afectados y, particularmente, ningún inversor minorista debía adquirir valores por encima de su precio de mercado o valor razonable. En un contexto bajista de mercado, ya no era posible venderlas de manera rápida y sin asumir pérdidas en el capital invertido.”
Habla de preferentes ,,pero el mecanismo es el mismo para la deuda subordinada,,,,
Teniendo en cuanta que solo habías contratado depósitos ,,,, ¿a santo de que vas a suscribir un producto de alto riesgo en el peor momento económico en años ? No fueron tus intereses por los que velaron ,,, sino los suyos ,,,,,
En ese contexto no va a ser ,muy difícil poder demostrar que te han engañado vilmente....
¿No te lo comenta la CNMV en su respuesta?