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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#6785

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Muchas gracias Maribel,

El despacho que mencionas ya lo había considerado, seguramente llamaré para informarme. Entiendo que son "gente seria" y que si no lo vieran viable prefiero que me lo digan de inicio. El el caso de las "perpetuas" aún seguimos teniendo la opción del arbitraje, pero parece que se está demorando.

Muchísimas gracias de nuevo.

#6786

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Maribel64, yo acabo de llamar a estos abogados y me han dicho que sus honorarios son del 10% sobre el importe que se reclame más el IVA correspondiente. Este dinero lo cobran como sigue: Primero si aceptan el caso te cobran 750 euros de provisión de fondos más los honorarios del procurador (900 euros + IVA). Si finalmente ganas el caso y recuperas el 100% de la inversión ellos cobrarian el 10% sobre lo recuperado + IVA correspondiente menos los 750 euros que se quedaron al principio de provisión de fondos.

Por otro lado, comentaros que he hablado con la CNMV, el defensor del pueblo, el Banco de España, el director de la central de Catalunya Banc en Barcelona y ADICAE, todos hoy mismo. El defensor del pueblo (sindic de greuges a Catalunya) dice que la deuda subordinada con vencimiento no tiene posibilidad de arbitraje, de momento. Nos insta a que hagamos la reclamación a la Agència de Consum. El Banco de España responde que es responsabilidad de la CNMV por tratarse de valores negociables. La CNMV, en la oficina del inversor, no tenian ni idea de que el comunicado del FROB también hablaba de Catalunya Caixa (me han dicho que espere a recibir la notificación por escrito de cómo me afecta el canje), Adicae me invita a una reunión en pleno horario laboral y el director de la entidad a las 8 de la mañana no tenia más información que yo.

Conclusión: Un bidón de gasolina sale más barato que un abogado...

#6787

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Maribel64, tienen vencimiento? son las del 2018 ó 2020?
Hoy, he estado en mi oficina, y me han comentado,que aún, no saben nada, lo mismo que nosotros sabemos, por los medios de comunicación ( jajajaja) y me lo voy a creer.....yo, tambien, iré a un abogado, pues tienen preparado nuestro teléfono,para avisarnos, y antes de eso, que no sabemos si firmar ó no., iré a un abogado, esto,no puede quedar así, al menos,luchare hasta el final.

#6788

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

En su momento se habló de : http://net-craman.com/contacta.html
Junto con otros 4 bufetes estan especializados en el tema de preferentes. No sé si alguien tiene referencias de ellos. Cobran un 5% de comisión a parte de la parte fija 3000 euros

También he visto: http://poyatosabogada.com/caixa-catalunya/
Parte fija + 7%

#6789

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Mi madre ha optado por la vía del arbitraje pero en su momento miramos los abogados de Colectivo Ronda; me parecieron serios, además creo que no tiene minutas exageradas y ya disponen de algunas sentencias a favor.

#6790

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Buenas tardes (por decir algo):

"En el caso de la deuda subordinada con vencimiento, los tenedores tendrán la opción de canjearla, bien por acciones de CX previo el descuento correspondiente sobre el nominal, o por bonos o depósitos bancarios con el mismo vencimiento y con un previo descuento sobre el nominal del 1,5% por mes hasta la fecha de vencimiento de la emisión y desde el 1 de diciembre de 2012. Ello deja el recorte medio estimado para esta categoría de deuda subordinada con vencimiento en un 15%"

Me gustaría intentar analizar el texto anterior con vosotros:

1. En primer lugar da dos opciones, con lo cual no debemos dar por sentado que habrá una anotación en la cuenta y se hará todo sólo. Entiendo que se dará la oportunidad de elegir, y no firmar nada supondrá elegir una de las opciones. Yo me inclino a pensar que al que no canjee por acciones, le impondrán un canje por un depósito. Y entiendo que el que canjee por acciones tendrá que firmar que quiere el canje (es una elucubración) y tendrá más difícil la demanda.

2. En el caso de canjearlo por acciones habla del "descuento correspondiente" sobre el nominal. En el caso de canjearlo por depósitos especifica que es un descuento del 1,5% mensual desde el 1 de diciembre de 2012 hasta el vencimiento de la emisión. ¿qué significa el "descuento corresponidente"? ¿es aplicable ese 1,5% mensual también al descuento en las acciones o sólo en los depósitos a plazo fijo? Podría ser que el descuento se aplicase ya sobre las acciones, y entonces tal vez no sea necesario ni aplicar "quita sobre quita", pues el descuento líquido es ya bastante grande.

2. El descuento del 1,5% sobre el nominal, en mi opinión, se refiere a descontar mes por mes, no del 100%, sino del nominal que va quedando. Es decir, el primer mes se descontará el 1,5% del 100%, pero el segundo mes, ese 1,5% se descontará del 88,5% restante y así sucesivamente.

3. A quien lo deje en un depósito, entiendo que le seguirá generando intereses (creo que era un 4% anual, ¿verdad?), pero no sobre el nominal inicial, sino sobre el nominal una vez hecho el "descuento" (quita-robo). Si los intereses no se abonan en cupones (como se hace con la deuda subordinada), sino que se mantienen en la cuenta, entiendo que cada año se suman al capital. Si el depósito no se puede cancelar, entonces, no sólo hay un recorte bestial, sino que además hay falta de liquidez.

4. He hecho algunos cálculos de los vencimientos de los plazos (ejemplos, pues no sé las fechas de los mismos) aplicándoles el 1,5% de descuento mensual y sumándoles los intereses que generarían:
- 1 de enero 2013: 98.5%. Recorte/quita: 1,5%
- 1 de enero 2014: 82.16% (descontando el 1,5% mensual) + 4% interés (del 82,16 de nominal)= 85,45. Recorte/quita: 14,55%
- 1 de enero 2015:
68.53% (descontando el 1,5% mensual)
+ 2,74 (4% de 68.53) = 71, 27
+ 2,85 (4% de 71,27) = 74,12
Recorte/quita: 25,88%
- 1 de enero 2016: 57.16% + 2,29 + 2,38 + 2,47 = 64,30. Recorte/quita: 35,60%
- 1 de enero 2017: 47.68% + 1,90 + 1,98 + 2,06 + 2,14 = 55,77. Recorte/quita: 44,23%
- 1 de enero 2018: 39,77% + 1,59 + 1,65 + 1,72 + 1,79 + 1,86 = 48,38. Recorte/quita: 52,27%
- 1 de enero 2019: 33,18% + 1,32 + 1,38 + 1,43 + 1,49 + 1,55 + 1,61 = 41,96. Recorte/quita: 58,04%
- 1 de enero 2020: 27,67% + 1,10 + 1,15 + 1.19 + 1,24 + 1,29 + 1,35 + 1,40 = 36,39. Recorte/quita: 63,61%
Ojo, que a esas quitas hay que restarles el lucro cesante de los intereses dejados de percibir con respecto al nominal inicial. Además, no es dinero líquido, sino dinero inmobilizado en un plazo fijo.

5. Todo lo anterior serían terribles noticias si no fuera por la última frase "Ello deja el recorte medio estimado para esta categoría de deuda subordinada con vencimiento en un 15%", que hace que las noticias no sean terribles sino simplemente malas. Creo que aunque metan en la media a los que perdieron "sólo" el 1,5%, no saldría de media un 15 con los cálculos anteriores, ¿O sí?. Me gustaría saber cuáles son las cantidades vendidas de cada una de las emisiones de deuda subordinada. Si había mucha vendida de quienes recibieron un recorte del 1,5 %, me temo que eso sería una pésima noticia, pues ellos bajarían mucho la media.

En fin, las dudas que me quedan:
- ¿Qué quiere decir "descuento previo correspondiente" al calcular el valor del nominal de las acciones?
- ¿cuál de las dos opciones (acciones o depósitos) se dejará por defecto para quienes no acepten ni una ni otra?
- ¿cómo han hecho ese cálculo del "recorte medio estimado" en un 15%?¿es un recorte medio que incluye a quienes opten por acciones y por depósitos a plazos fijos o sólo para quienes opten por las acciones?
- Y, por supuesto; ¿comprará de verdad el FGD las acciones?¿a qué precio? Según el cálculo de Think Big la pérdida total supondría alrededor de un 25%-30% (para subordinada con vencimiento). Si es así y la liquidez es inmediata (mayo o junio), aunque no soy quien para decirlo porque no tengo mi dinero secuestrado allí, es un robo, un putadón, pero no tanta tragedia como tenerlo años inmobilizado o perder un 50% o más.

En fin, un lío, una putada, un robo. Hasta aquí mi "contribución".

Saludos

#6791

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Puede ser que teniendo deuda de la 8a emisión esta sea perpetua? O, si es de la 8a, termina el 2018 y, por tanto, es con vencimiento?

#6792

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

HOLA, tengo 15000 euros en deuda subordinada con vencimiento en 2020 firmada en enero de 2005, mi caso es algo atipico ya que soy vendedor de la O.N.C.E con una minusvalia visual del 80% por un cancer degenerativo de retina, en su dia considero que abusaron de mi confianza ya que me aseguraron que el capital estaba asegurado, mi imposibilidad casi total de leer(alli mismo en el banco sin adpataciones especificas) ya que soy practicamente ciego, yo comunicandoles esta circunstancia y que yo lo unico que queria saber si el capital estaba asegurado y me dijeron que si, como un plazo fijo. no me dieron el contrato ni en braille ni en audio ni siquiera en letra enorme adaptada.

como veis el tema para poner una demanda y si sabeis un despacho realmente serio y que no sean sacacuartos en Barcelona capital.

queria comentar que si yo no he entendido mal, te obligan a hacer el canje en el caso de deuda subordinada con vencimiento y despues te lo compra el FGD con un minimo descuento.
no se si ando equivocado, en mi caso seria de los 15000 me quitan el 15 por ciento, o sea me daran acciones por 13000 euros yo con esas acciones ire al FGD y ellos aplicaran un pequeño descuento supongamos un 5% o sea que me pagan 12350 euros, voy bien encaminado o no me entero de nada?
saludos y gracias.

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