en principio creo, desde mi punto de vista, que no quiere decir que sea el acertado, tanto el post 3878 como en este se ha interpretado mal el Mecanismo de Compensación, el cual en el punto 4 condición iv dice; haber solicitado la aplicación del Mecanismo de Revisión del FROB resultando que esta les hubiera sido denegada. Insisto "DENEGADA" nunca habla de negativa, por lo tanto pregunto ¿quien tiene denegado el Mecanismo de Revisión? respuesta los empleados del banco CEISS, por lo tanto son los únicos que puede acogerse al Mecanimo de Compensación
Por otra parte se dice que las plataformas se dedican a desinformar, cuando creo que son el unico colectivo que esta informando correctamente ( aunque no son profesionales, y por lo tanto pueden errar),trabajando duro para que cualquier afectado este informado, y todas las plataformas estan legalmente constituidas con nombres y apellidos en su dirección, y tienen una base de datos con fichas y firmas de socios a los que representan, pero claro es muy facil decirlo desde el seudónimo de por ejemplo "asdebastos".
Tampoco quiero pasar por alto la critica constructiva (espero) que se hace a los abogados de las plataformas, aclarando que es un servicio que se presta a los socios, a los cuales de ningún modo se obliga a contratar a estos abogados, el socio es libre de contratar a cualquier abogado sea este de la plataforma o no, lo que si es cierto que pueden consultar con ellos y tener una base, tanto de información como de precios.