Acabo de leer mi correo y he recibido respuesta de AEMEC, (Asociacion Española de Accionista Minoritarios) en la cual me registre al principio de todo este tinglado.
Este es el post que colgaron en este mismo foro con los datos para ponerse en contacto con ellos: (post numero 7) https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/297965-preferentes-sos-cuetara
Les pregunte si sabian algo o habian tomado alguna medida y esto es lo que me han respondido:
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AEMEC se ha personado como acusación popular en el proceso contra los hermanos Salazar para la defensa de los intereses colectivos de sus asociados, la figura de la acción popular es una de las formas de personación como acusación en los procesos penales y que sirve legitimar activamente a quien desee personarse en un proceso sin necesidad de invocar lesión de un interés propio, lo cual posibilita a AEMEC su entrada en este proceso penal l le permite personarse aunque no esté afectada directamente por los presuntos delitos cometidos por los antiguos administradores.
AEMEC además asistió a la Junta General Extraordinaria el pasado día 29 de octubre y se interesó por la conversión de las preferentes en acciones para acudir a la ampliación de capital, nos respondieron que era una condición imprescindible para le refinanciación de la deuda.
Respecto al tema de la conversión es muy delicado y nosotros no podemos decirte que actúes en un sentido u otro; te puedo explicar los pros y los contras de las acciones y las participaciones.
Si conviertes tus participaciones en acciones, tienes asegurada la liquidez, en el sentido de que son valores que, aunque con pérdidas, puedes venderlos. Las participaciones, por el contrario, tienen una gran iliquidez, se negocian en un mercado con muy poco movimiento y no presentan ningún atractivo, además si muchos de los titulares de estas participaciones acuden a la conversión, los pocos que queden o quedéis tienen o tenéis todavía menos posibilidades de venta, pues la negociación es mínima y se corre el riesgo de que las saquen de cotización en el mercado, como se dice vulgarmente, “te las comes”.
Las acciones perciben dividendo, las participaciones reciben cupón, habría que ver cual de los dos, dividendo o cupón, sería mayor, PERO el cupón de las participaciones SOLO se paga si hay beneficios.
La única ventaja de las participaciones sobre las acciones, es en el caso de que la empresa se declare en concurso, los titulares de participaciones tienen preferencia o mejor posición/rango para cobrar que los titulares de acciones.
Siento mucho no poder ayudarte más, cuando tengamos novedades de el proceso penal os lo comunicaremos.
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Vamos, algo que creo que todos ya sabiamos. Espero que os sirva de algo.