Te dicen que las entidades "pueden" marcar/restringir los precios de compra y venta si quieren. Ese sigue siendo el quid de la cuestión. Cuando yo dí la orden al 99% no me contestaron por escrito diciéndome que la política de la entidad era no admitir órdenes por debajo del nominal y que por eso no me lo admitían. Sólo me lo han recriminado verbalmente, pero la orden me la han "colado" a las que tenían prioridad cronológica, vendiendo a un 99,99%. Eso me hace creer que el titular de las preferentes sí puede ofertarlas a un precio inferior al nominal, poniendo en un aprieto la política de la entidad.