Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Y además los 6 años serían eso ... "a partir del último asiento" como por ejemplo su "derivada" del pago del cupón, vamos que si no ha vencido o el titular o sus herederos las conservan ...... pero es mas si el titular no las tuviera, los 6 años del código de comercio contarían desde la cancelación, no desde su apertura ............... bonita forma de "quitarse" al reclamante de encima, y ello entiendo que puede responder a dos razones:
1 - Pocas ganas de buscar, cosa que tiene solución, es solo cuestión de que desde el SAC se las "hagan venir" (las ganas).
2 - Que no localicen la documentación, o esta tenga defectos, y si fuere así, mas a favor de llamp para insistir ante quien sea conveniente (SAC o después la CNMV) porque sin todos los documentos ellos tienen un problema y puede que bastante gordo.