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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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#2937

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Tal como indica Kajaman primero al SAC, porque tu reclamación previa es solo de copias de documentos, pero muy correctamente no reclamaste sobre el fondo, y hubiera sido un mal plan, no se debería reclamar sin saber exactamente dónde está uno, que argumentos tiene, ahora ya sabes que incumplieron una parte de los requisitos para vender estos productos, con lo cual ahora lo procedente es reclamar ante la falta de un requisito importantísimo y perfectamente regulado.

#2938

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Buenas noches Kajaman y Peterson. Me acaba de llegar este enlace. ¿Qué Pensais?
El Gobierno ha aprovechado el nuevo Real Decreto-ley de su segunda reforma financiera para incluir varias disposiciones de gran relevancia sobre las polémicas participaciones preferentes de los bancos. Así, la norma permite que todos los bancos dejen de pagar los intereses de estos instrumentos y de las convertibles en el próximo año, aunque tengan beneficios, para poder absorber el impacto de las nuevas provisiones.

http://www.elconfidencial.com/economia/2012/05/13/el-gobierno-permitira-a-toda-la-banca-dejar-de-pagar-las-preferentes-este-ano-97865/

#2939

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

De una lectura rapida del RDL lo que yo saco en claro es que, dentro del plan de saneamiento establecido en éste, podrán solicitar diferir (suspender) el pago del cupón por un período de 12 meses y, además, que una vez transcurrido el plazo de diferimiento dicho pago sólo deberán efectuarlo si tienen beneficios o existen reservas distribuibles y no un déficit de recursos propios. Es decir, que pueden no pagar, a mi entendenter, después de los 12 meses si se dan las circunstancias anteriores.
También el RDL faculta al gobierno para dictar normas reglamentarias de desarrollo del RDL, a través de las cuales y en determinados supuestos (sin concretar) obliguen a las entidades a ofrecer canjes de preferentes o subordinadas por acciones o subordinadas (supongo que convertibles), así como, los criterios para fijar el porcentaje del valor nominal que habrá de ser objeto de canje. Entiendo que hace referencia a si el canje afectará al 100 % del valor nominal de los títulos o a un porcentaje inferior o, en su caso, podría establecerse un porcentaje del valor a canjerar por acciones y otro por subordinadas convertibles (es mi interpretación, pero puede no ser la correcta).
Doy por supuesto que el canje seguirá siendo voluntario para el titular de los valores, a pesar de lo anterior.

A ver si foreros con mayor experiencia en la materia (W. Petersen, Manolok, Alvya, Jtorres, etc.) pueden hacer aportaciones al respecto.

Saludos.

#2940

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Gracias. Es lo que suponía y claro está a l@s preferentistas nos harán todo lo que puedan para no devolvernos lo que nos han quitado con malas artes

#2941

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

De una lectura rápida entiendo lo mismo

#2942

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Mi padre fallecio y tenia acciones preferentes en CajaSol, hemos pedido el documento que firmó para saber cuando lo hizo, en que condicones, etc... porque en casa no hemos visto nada al respecto. Nos han dicho que no tienen obligacion de mantener el contrato más de seis años y que ya han pasado. ¿podemos reclamar algo si no nos demuestran que mi padre firmó?
Gracias

#2943

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Estafabanca en el Parlament de Catalunya-10.05.12
La moción del grupo Parlamentario Ciutadans pide “'al
poder político que ampare a los ciudadanos frente al
engaño de las preferentes”
Albert Rivera, presidente de Ciutadans, presentó el pasado 10
de mayo la siguiente moción en el Parlament de Catalunya, so-
bre las actuaciones y las medidas a tomar en apoyo a las per-
sonas afectadas por las participaciones preferentes.
Puntos de la moción debatidos y “fotografía” de las votaciones:
1. APROBADO POR UNANIMIDAD: El Parlament de Cataluña manifiesta su
reprobación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores por la omisión de
sus deberes de supervisión, control y regulación de la comercialización de
las participaciones preferentes a consumidores minoristas.
2. APROBADO POR UNANIMIDAD: El Parlament de Cataluña manifiesta su
reprobación a la actuación de aquellas entidades financieras que han comer-
cializado productos como las participaciones preferentes a consumidores
minoristas, cuyo perfil no se corresponde al perfil de cliente susceptible de contra-
tar este tipo de producto financiero.
3. RECHAZADO: El Parlament de Cataluña manifiesta su reprobación al
Govern de la Generalitat por su omisión del deber de seguimiento de sus-
cripción de cuotas participativas y actividades financieras de las cajas de
ahorro catalanas, competencia recogida en el artículo 120 del Estatuto de Auto-
nomía de Cataluña SI: 16 votos (Ciutadans, SI e ICV)- NO: 57 votos (CiU).- Abs-
tención: 49 votos (PSC, PP, ERC)
4. APROBADO POR UNANIMIDAD: El Parlamento de Cataluña insta al Go-
bierno a realizar las gestiones oportunas ante el Gobierno del Estado para
que coordine con la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) la re-
visión general de los test de convenio...
5. APROBADO POR UNANIMIDAD: El Parlamento de Cataluña insta al Go-
bierno a realizar las gestiones oportunas ante el Gobierno del Estado para
que inste que la CNMV realice en el futuro con mayores garantías sus funcio-
nes previstas por la Ley en lo relativo a la comercialización a minoristas , y
desarrolle todas aquellas medidas necesarias para que las entidades financieras
puedan aplicar con mayor rigor las Normas de Conducta de la Ley 47/2007, de 19
de diciembre del Mercado de Valores.
6. APROBADO POR UNANIMIDAD: El Parlamento de Cataluña insta al Go-
bierno a realizar las gestiones oportunas ante el Gobierno del Estado para
Model: 302 Moció subsegüent a una interpel·lació
Estafabanca en el Parlament de Catalunya-10.05.12
que inste al Banco de España para que promueva las acciones necesarias
para que se haga efectiva la devolución del capital inicial a aquellas personas
que suscribieron participaciones preferentes en plena vigencia de la normativa MI-
FID, y han presentado un perfil inversor de desconocimiento y baja tolerancia al
riesgo.
Estafabanca tuvo voz en e

#2944

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Te están mintiendo.

La obligación es de 15 años (leete recientes post de este mismo hilo y del siguiente en la lista del foro). Así lo establece jurisprudencia del Tribunal Supremo, seguida por el Servicio de Reclamaciones del BdE.
El plazo de seis años es el que establece el art. 30 del Código de Comercio y se cuenta a partir del último asiento practicado, pero el plazo que les obliga a mantener los documentos y contratos relacionados con la adquisición de los valores (registro se contratos del art. 79 ter de la LMV) es el de prescripción de las acciones personales del Código Civil, 15 años, no el del art. 30 del Códigonde Comercio.

Pídeles POR ESCRITO toda la documentación legalmente exigida en el momento de adquisición de los valores, haciéndoles las referencias anteriores. Si en 3/5 días no te contestan, pídesela por mail al SAC de la entidad (entra en su página y limítate PRIMERO a pedir la documentación, sin indicar para qué. Si al final tienes que presentar una reclamación al SAC, primero has de disponer de toda la documentación o comprobar que, quizás, tu padre no llegó a firmar toda aquella que la ley establecía, algo que jugaría en tu favor.

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