Re: Participaciones preferentes REPSOL-ISIN KYG7513K1379
perdon, os he escrito 2 veces lo mismo.
perdon, os he escrito 2 veces lo mismo.
Quiero mandar un OLE TUS HUEVOS a todos aquellos que con este tema podrán ganar un 20%, porque ellos no son los que engañaron vendiendo este producto como si fuera un depósito a 10 años y recuperando siempre el 100% del capital. Sólo son gente que sabe de qué va el tema y juegan sus cartas, pero tengo claro que sus beneficios no son mis pérdidas.
En ningun caso perdonaré ni admiraré al director de mi oficina de La Caixa por colocar todo esto a mi madre, sin estudios pero con unos ahorros de toda la vida trabajando. Pero sí que agradezco a gente de este foro, también a ti, por las opiniones que dáis a gente ignorante en el tema como yo y que busca una salida lo menos desfavorable posible.
De verdad, gracias a todos!
Lepekos, creo que te estás iendo de la olla con tus comentarios sobre gente que da su opinión, te guste o no. La gente que no te gusta del foro, no te ha tomado el pelo a tí ni a mí; nos lo han tomado nuestras oficinas bancarias.
Veo que estás nervioso y cargas tus problemas a gente que da la cara y te dice las cosas claras. Podrían decirnos que tenemos una mierda de producto para que nos desanimemos más y así ellos comprarlo más barato. Pero no dejan de decirnos que aguantemos, cosa que no les beneficia.
Estoy jodido como tú con esto, pero si tengo quejas tengo que acordarme del director de oficina que conocía de la mili y con cara de no haber roto ningún plato me decía que siguiera con ellas que era un chollo. Ese me hierve la sangre, no gente del foro que te dice las cosas como son y si aprovechan una ocasión para hacer pasta, me parece bien.
No te creas que es tan simple ganar ..... hay quien compró preferentes de Bancaja por ejemplo, al 60 ó 70%, no canjeó o eran de las ni se ofreció tal posibilidad y vete a saber cuanto tendrán que mantenerse ahí, y mientras habían cupón pues mira .... pero a la que dejan de pagarlo pues ..... o los que hubieran comprado al 60% unas canjeadas por acciones, canjearon a unos 3 € y ahora valen 1/3
Hagamos cuentas
un bono de 10.000 € comprado al 60%, o sea 6.000 €, convierten en acciones hace un par de meses a 3,3 €, y el sujeto estima que le interesa convertir, dejemos el tema de la parte del 25% que todavía no se canjea para simplicar e imaginemos que la oferta hubiera sido por todo, entonces 10.000 : 3,3 = 3.030 acciones de las del canje ¿me sigues?
Ahora están a 1,04 € pues vamos a venderlas 3.030 acciones x 1,04 = 3.151 €
¿Cuánto dijimos que se invirtió y al 60%? Pues 6.000 € y ahora vendiendo acciones son 3.151 €
pues menudo negocio.
Estas cosas pueden salir bien, pero también mal ….
Ahora lo hacemos mas exacto:
de los 10.000 € canjean el 75% o sea un nominal de 7.500 € que son 2,272 acciones que ahora solo se les podría sacar x 1,04 € que son 2.364 €
Dentro de un tiempo canjean el 25% restante y pongamos que sale una generosidad digna de mención y lo hacen al 1,04 € pues …. 2.500 € de nominal que quedan por canjear son 2.403 acciones y las podemos vender por el mismo 1,4, serán entonces 2.500 euros.
Los números son 6.000 invertidos, 2.364 de las primeras acciones vendidas y 2.500 € de las segundas, total 4.864 €, toma pérdida igual, menor, pero pérdida.
Vamos que puede ser un buen negocio en algunos casos, pero pillarse los dedos también entra dentro de las posibilidades.
Yo creo que si hay diferencias, las cuales que dependerán "por barrios", vamos a ver en cualquier emisión hay como mínimo tres figuras, tres actores con papeles diferenciados, una es el emisor, en este caso Repsol, el otro actor es el banco asegurador o los bancos aseguradores, y el tercer actor que tiene pinta de bastante secundario los meramente colocadores.
El colocador cobrará comisión por lo que venda, pero compromiso de venta ninguno, es la comisión que se saca, por el contrario si el que nos vende esto es además de colocador asegurador de la emisión, su papel ya pasa de lo que es la mera comisión, su interés está además en colocar esto si o si, porque al margen de la susodicha comisión, si no las vende se las come con patatas, que para algo asegura en buen fin de la emisión, entonces yo entiendo que si el que no vende esto actúa como asegurador tiene mas responsabilidad en el "fregao", no digo que lo coloque siempre con malas artes, no, no es eso ..... pero si que tendrá que emplearse mas a fondo, y tiene el riesgo de que alguno de sus comerciales ante la presión a la que le someten para vender, hubiera colocado a perfiles de clientes no suficientemente adecuados ¿tu como ves esta reflexión?
Si, estoy de acuerdo, si uno actua de colocador y asegurador de una emisión pues procurará colocarla para no tener que quedarsela. De todos modos cobra el colocador y cobra el asegurador de la emisión siempre, ambos cobran, aunque sean el mismo, uno por colocar y otro por asumir el riesgo de tener que quedarse parte o toda la emisión.
Evidentmente igual que en la ultima colocación de bonos de autopistas (no recuerdo cual) también hacian propaganda en r4 que era uno de los que las colocaban y en otros brokers supongo.
Ahora supongo que lo 'peor' es cuando los 3 coinciden (bueno el asegurador no haría falta en este caso creo yo) pero entonces si que se lo venden al que pase por allí... pero todo esto no es novedad, en todos los productos bancarios pasan cosas similares, desde la colocación de garantizados, depositos, hipotecas, etc etc... depende de la moda del momento que tengan que colocar unas cosas u otras.
Esta es una razón que creo adecuada indicarla en las reclamaciones, probablemente en las administrativas (SAC o CNMV) va a servir de poco o de nada, pero a la que alguno se plante ante un tribunal, me parece que hacer constar que además de las comisiones había un interés mayor para no quedarse con el muerto, pues malo no iba a ser como argumento. Y el colocador/asegurador va a tener complicado poner argumentos de que esto no es así que a ellos tal y cual .....
Hola a todos,
Llevo meses consultando este tema pero las participaciones que yo tengo son de la serie C (ISIN KYG7513K1452).
Las condiciones de la serie B y C son las mismas, pero ¿Existe alguna diferencia entre ellas?
Supongo que todo lo que se comenta en este tema (posibilidad de canje, etc,...) es válido para ambas emisiones.
¿Estoy en lo cierto?