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Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

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Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.
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Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.
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#1

Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Un PERJUDICADO en un siniestro no tiene reconocida ni aceptada ninguna condición por contrato con nadie y según el Código Civil tiene derecho a que le restituyan el bien dañado al mismo estado en que se encontraba en el momento anterior al siniestro o que le indemnicen por su valor si esto no fuera posible, además de pagarle perjuicios sufridos.
Sea la compañía que sea, ante un perjudicado tiene que obrar conforme a la Ley y si es su propia compañía la que esta indemnizando, lo hace por cuenta y en nombre del causante del daño, por lo que tampoco puede imponer las condiciones pactadas en su póliza.
En este caso el valor venal del vehículo, es el valor de COMPRA, de un vehículo igual al suyo en el mercado.
El perito esta tasando por Eurotax ó similar, y si ese valor coincide con el valor en mi zona y con el modelo de mi coche perfecto, pero si no coincide pido unos presupuestos oficiales en los concesionarios y me voy al Juzgado.
No vale lo mismo un coche de segunda mano en Madrid, que en A Coruña, que en Sevilla.
Después como es un coche que no sé en qué estado puede estar, ni es mi coche de toda la vida tengo como perjuicio el valor de afección, que cualquier juzgado de España te da como mínimo un 20 ó 25% más sobre el valor.
A todo esto, al perjudicado hay que pagarle según el conocido artículo 18 de LCS, por lo que la espera por el juicio ya no sería por la cantidad total, si no por la diferencia que les lleva al litigio.
Si la compañía envía la oferta motivada, yo aceptaría esa oferta en concepto de pago mínimo y después reclamaría la diferencia.
Si no quieren hacerme el pago mínimo, pese a tener obligación legal de hacerla en nombre de la causante, recurriría al defensor del asegurado y si es necesario a la DGS toda vez que la falta de oferta puede considerarse infracción grave, y todo ello al tiempo que la reclamación judicial, porque son reclamaciones distintas y llegado el momento solo tendría que comunicar al juzgado que fui indemnizado en parte y que reclamo la diferencia.

#2

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Interesante, Jomalo...Mi duda es la siguiente. Yo tengo un coche asegurado a TR con más de 2 años. En mi compañía, pasados los dos años solo me pagan a valor venal por siniestro total. Por lo que planteas, yendo a la justicia esa clásula queda sin efecto y puedo cobrar el 100% del valor de mi vehículo. ¿es así? ¿y los coste judiciales los asume mi compañía?

Saludos

#3

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Si lo he entendido correctamente, si el causante del daño es otro, sí, puedes reclamar el 100% del valor de compra, al margen si la compañía del causante es la tuya u otra distinta. Pero si el causante eres tú, ahí entra la valoración de la compañía detallada en las condiciones particulares, que será probablemente el valor venal.

#4

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Efectivamente Andreu Jordi.
Si yo tengo un seguro de daños propios y un tercero me causa un daño, se pueden dar varias opciones.
1º) Mi póliza de daños aun me mantiene el 100% valor de nuevo.- Ejecuto mi póliza, que me paguen el 100% y que repercutan al perjudicado si pueden.
2º) Mi póliza cubre un porcentaje mayor al valor venal + valor de afección.- Ejecuto mi póliza y que recobren lo que puedan.
3º) Mi póliza me paga el valor venal (generalmente eurotax o valor que figura en tabla de condiciones generales). Cobro lo que me corresponde de mi póliza y reclamo LA DIFERENCIA al perjudicado.
Si tengo garantía de reclamación de daños, hasta el importe indicado en esa garantía puedo designar abogado para reclamar. Pero si la compañía está en CONVENIO y al final es mi compañía la que paga por cuenta del causante del daño, existe un claro CONFLICTO DE INTERESES, por lo que me tendrán que pagar mi abogado sin otro limite que los precios del colegio de abogados de la provincia donde se produce el accidente.

Saludos

#5

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Necesito esesoramiento legal: me causan un siniestro un tio que m destroza el coche estando bien aparcado. Se da ala fuga, doy de baja el coche en desguace y aparece. La poli le coge,su seguro me indemniza con 2600 euros, valor vasal del coche. Me deja una deuda de 5.000€, y sin coche. Mi pregunta es: me pagan los danos materiales, pero y los prejuicios?la deuda,el que necesito coche para trabajar? No puedodemandar a la persona que descubierta por la policia? Gracias. Escribanme por favor. [email protected]

#6

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Entiendo que por tu comentario, tu coche lo tenías "a terceros". Entiendo igualmente que te dejan una deuda porque el coche lo estabas pagando a plazos...

¿Puedes reclamar judicialmente? Sí, pero con matices...

1.- Te han indemnizado con 2.600 euros y dependerá de si has firmado la liquidación y renuncia a cualquier otra acción.

2.- El hecho de denunciar no garantiza el resultado en vía judicial. Existen sentencias diversas en ambos sentidos (positivo o negativo) por lo que ir a la vía judicial, es tiempo, esfuerzo y no garantía de éxito.

3.- Perjuicios... las diversas sentencias existentes suelen contemplar ese derecho únicamente en aquellos casos en los que el vehículo forma parte imprescindible de tu actividad profesional y no en los casos en los que se utiliza el vehículo como medio de transporte para ir al trabajo.

#7

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Jomalo, si bien en líneas generales estoy de acuerdo con tus apreciaciones, me gustaría matizar alguna cosilla...

Cada siniestro es distinto y, en consecuencia, aunque se pueden establecer unas líneas generales, hay que ver causas, culpabilidades, producto contratado, etc....

Dicho esto...

1.- TENGO contratada la cobertura de DAÑOS. Efectívamente se estará a lo establecido en el Condicionado General. Aquí quiero matizar que cuando hablas de VALOR DE NUEVO, también existen definiciones distintas para muchas compañías. Por ejemplo, PELAYO habla como requisito ser 1er. propietario del vehículo, con lo cual descarta el hecho de vehículos km.0 o que ya estaban matriculados por el concesionario, etc.

Otras compañías hablan de VALOR DE NUEVO, al valor de adquisición, es decir, que te piden la factura y sólo indemniza en base al precio que pagaste, por lo que si aprovechaste una promoción puntual y ésta ya no está en vigor, no te dan un coche nuevo, sino el importe que pagaste.

2.- En caso de culpa de otro, es decir, indemnización a través de la RC del vehículo contrario. Existe una tendencia a recomendar la reclamación vía judicial pero ésta no es garantía de éxito. Es más, muchas de ellas no llegan a conseguir la reclamación deseada, por lo que la gente debe saber que ir a esa medida supone tiempo, posiblemente dinero y no garantiza nada.

#8

Re: Siniestro total cuando se es PERJUDICADO.

Hola, perdón por reflotar este hilo, pero es que este tema me interesa. Os explico, un amigo tuvo un accidente hace unos días, le dieron un golpe por detrás y por las noticias que tiene, paece que le van a dar siniestro total, la persona que le dio el golpe lo tiene a todo riesgo y es de la misma compañía, que la de mi amigo. El coche se lo peritaban hoy, pero los del taller le dicen que el arreglo podría estar rondando los 5000 euros y que el valor del coche, se lo tasarían en unos 2000 euros, el coche tiene unos seis años. ¿Sin mi amigo ser el culpable, se puede quedar sin coche y con solo 2000 euros? Agradecería vuestrs ayuda. Gracias.