Re: Siniestro total de vehículo
SINIESTRO TOTAL Y VALOR VENAL
Tras un accidente, del que no eres culpable, tu coche ha sufrido graves desperfectos. Tu compañía (que por aplicación de los convenios entre aseguradoras se hace cargo de la reparación de tu vehículo) o la compañía del contrario (si el convenio no es de aplicación, por ejemplo, por haber más de dos vehículos implicados) te ha dicho que el coste de reparar tu vehículo es superior a su valor de mercado (valor venal) y que por tanto no te lo van a reparar y te tienes que conformar con que te indemnicen con dicho valor venal. Además te dicen que si quieres reparar el vehículo tendrás que pagarte tú la diferencia.
NO ES CIERTO
Tienes derecho a que te reparen el vehículo si el coste de la reparación no supera en un 30% el valor venal del vehículo. En caso de que la reparación sea superior al 20-30% del valor venal, sólo tendrás derecho a que te indemnicen el valor venal más el valor de afección (es decir, el valor venal más ese 20-30%, porque difícilmente, dada la antigüedad del vehículo, podría su propietario encontrar otro en el mercado del mismo precio y características que le merezca la confianza que tenía depositada en su vehículo). La compañía de seguros nunca puede limitarse a ofrecerte simplemente el valor venal.
Algunos tribunales vienen admitiendo que se indemnice el valor de la reparación incluso cuando la reparación supera en un 50% o 100% el valor venal, siempre y cuando la cantidad no sea absolutamente desproporcionada y la reparación se haya efectuado.
Para presentar demanda en el juzgado tienes que presentar la factura de la reparación del coche y si esta factura es VALOR VENAL + 30% hasta 50%, el juez la dará por buena.