Oye, tira "palante" lo de las pifias, tienes mi voto entusiasta, yo inicio con una propia:
Vehículo de empresa que en un accidente en el aparcamiento se “carga” el lado de derecho de un contrario, que lleva el rotulo de “fulano de tal carpintero, ebanista, bla..bla… teléfono tal y cual”, la culpa de nuestra empresa, ningún problema.
Viene el perito de la compañía del carpintero ebanista a peritar, por aquello de convenios entre compañías, o sea el perito del perjudicado, no el nuestro (los culpables), se repara el vehículo y nos encontramos con la sorpresa que en el peritaje se olvidaron de valorar el rotulado, nada, solo eran unos 150 euros, pero se olvidaron, el perjudicado reclama a nosotros, llamamos a nuestra compañía y nos dicen que vale pero que ellos no pueden hacer nada porque en virtud del convenio entre las dos compañías debo ponerme en contacto con la compañía contraria que ha sido quien la ha pifiado con la peritación, les digo que soy cliente suyo no de la compañía contraria, y es a mi compañía a quien debo reclamar, ¿es obvio no?, les indico que podrán tener los convenios que deseen, pero son sus convenios no los de mi empresa, nuestra empresa no ha suscrito ningún convenio mas que la póliza de seguro, no consigo nada. Como me la veo a venir, les pido lo mismo por escrito, y claro me contestan lo mismo por escrito, bueno ya empezamos con el vaivén de cartas, nueva carta a la compañía del contrario, que obviamente me contestan que yo no soy su cliente y es a mi compañía a quien debo reclamar, esta vez ni me molesté en llamar esto ya lo solicité directamente por carta, bien, con la respuesta, segunda carta a mi compañía, y por escrito me deniegan el pago del rotulado (que por cierto a estas alturas ya lo habíamos pagado nosotros para descabrear al perjudicado), alegando exactamente lo mismo y ya me indican que en caso de no estar de acuerdo me puedo dirigir al defensor del asegurado, bla..bla…. Pues que toca, directamente a la DGS con toda la coña de cartas.
Me llega al mes y medio aproximadamente, un acuse de recepción de la DGS y en su formato supongo estandarizado, que inician las gestiones para conocer la opinión de mi compañía y recabar alegaciones, lo cual me parece perfecto, de todo siempre hay dos partes, pues no sé que alegaron, pero a los 21 días exactos de la recepción de la carta de acuse de recepción, Oh!!!! Sorpresa transferencia a la cuenta de pago de primas de los 150 euros desde nuestra compañía.
Resumen, debería ser muy clara la cosa porque sin ni siquiera “patalear” pagan sin mas, muy curioso, y la pregunta es ¿Qué nos ha costado más, las puñeteras cartas o los 150 euros? La respuesta es las cartas, pero ……..