Por si os puedo ayudar con el tema de la unidad de convivencia, os comento lo que me han comentado a mi en la seguridad social.
Si estas viviendo en un piso con otra persona, aunque no sea pareja, hijos.. (Es decir, un amigo, un compañer@ de piso), en el momento que uno solicita el IMV se entiende unidad de convivencia a la gente que haya empadronada en el piso o casa, por lo que cuando realizan una comunicación de denegación de IMV en conceptos como denegada por poseer patrimonio, exceso de rentas, o cualquier otro requisito, puede que la estén denegando por la otra persona con la que vives, aunque ella no haya solicitado la ayuda.
Por tanto, aquí la clave sería probar ante la seguridad social que no sois unidad de convivencia (el modo eso ya no lo sé), pero vamos, que todos los que están empadronados en una misma vivienda de oficio los consideran unidad de convivencia, por lo que a la hora de solicitarlo, debes tener en cuenta si las "otras personas" Lo cumplen o no, ya que si no es así, la tendrás denegada, y por tanto, buscar una solución de otra forma que pueda salir concedida.
Esto me lo comentó una trabajadora del sef.