#19246
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Perdona cuando estaba escribiendo no he leído tu mensaje anterior y ya veo que tienes 59 años.
Pues bien, si no te dan la incapacidad tienes la opción de pedir cita en tu empresa con riesgos laborales y que te den no apto. Entonces la empresa o te tiene que reubicar o te despide por ineptitud sobrevenida, ahí sí tendrías los dos años de paro y tu indemnización correspondiente.
Si te dan la IP, mientras estés con la pensión de incapacidad , ya no te puedes jubilar anticipadamente a los 63, tienes que esperar a la edad de jubilación ordinaria, que entiendo será a los 65 años, estarás con casi 6 años de lagunas de cotización, entonces cuando llegue tu edad de jubilación te darán a elegir con qué pensión te quedas.
El peor de los casos , que seguro que no va a ocurrir, es que te la concedan y luego te la revisen más o menos rápido y te la quiten. Pues tendrás que reincorporarte a la empresa , te tienen que guardar el puesto durante dos años, la putada que aunque te den no apta, ya no tienes los dos años de paro.
Mi caso era diferente, porque tenía cuarenta y tres años cotizados y tengo sesenta y tres años, entonces si me pasaba algo de eso lo tenía muy claro me prejubilaba y ya está ,aunque perdiera dinero yo no podía volver a trabajar, eso sí intentaría que me despidiera la empresa por ineptitud sobrevenida y por lo menos me darían una indemnización
Pues bien, si no te dan la incapacidad tienes la opción de pedir cita en tu empresa con riesgos laborales y que te den no apto. Entonces la empresa o te tiene que reubicar o te despide por ineptitud sobrevenida, ahí sí tendrías los dos años de paro y tu indemnización correspondiente.
Si te dan la IP, mientras estés con la pensión de incapacidad , ya no te puedes jubilar anticipadamente a los 63, tienes que esperar a la edad de jubilación ordinaria, que entiendo será a los 65 años, estarás con casi 6 años de lagunas de cotización, entonces cuando llegue tu edad de jubilación te darán a elegir con qué pensión te quedas.
El peor de los casos , que seguro que no va a ocurrir, es que te la concedan y luego te la revisen más o menos rápido y te la quiten. Pues tendrás que reincorporarte a la empresa , te tienen que guardar el puesto durante dos años, la putada que aunque te den no apta, ya no tienes los dos años de paro.
Mi caso era diferente, porque tenía cuarenta y tres años cotizados y tengo sesenta y tres años, entonces si me pasaba algo de eso lo tenía muy claro me prejubilaba y ya está ,aunque perdiera dinero yo no podía volver a trabajar, eso sí intentaría que me despidiera la empresa por ineptitud sobrevenida y por lo menos me darían una indemnización