Hola, no te preocupes, un placer poder ayudar. En cuanto a tu primera pregunta, bajo mi punto de vista, para el cálculo de la pensión por incapacidad permanente, se tienen en cuenta las bases de cotización hasta la fecha en que quedaste parada, es decir, hasta el 31/08/2022. Respecto a la base reguladora que están aplicando durante estos meses, puedes consultarla en las notificaciones que te envía el INSS o solicitar esa información directamente a través de su servicio de atención al cliente. De todas formas, en qué situación exactamente estás ahora?
En cuanto a la segunda duda, el INSS puede revisar y confirmar la propuesta del EVI, pero generalmente sigue la recomendación del equipo médico evaluador. Sin embargo, es posible que realicen ajustes y cambiar la propuesta de incapacidad permanente absoluta a total o dar el alta, pero esto suele ser poco común y depende de la evaluación de cada caso en particular.
En cuanto a mi eterno caso, sin novedad, esperando contestación del INSS a la reclamación administrativa (se echó el viernes, tuve que revisar los informes médicos y "corregir" a mi abogado que se había dejado cosas), y viendo pasar el tiempo para los juicios del año que viene. Un saludo y ánimo! 💪