Te dejo aquí lo que dice ahora la ley de compatibilizar el subsidio de 52 años con la IPT, valdrá lo mismo para cuando esté aprobado el de 45 años. Cómo puedes ver es muy difícil porque te exigen trabajar con la IPT, cobrar el paro correspondiente y después si ganas menos de 850 euros al mes de IPT entonces podrías pedirlo.
Este es el artículo:
¿Se puede cobrar a la vez el subsidio para mayores de 52 años y la incapacidad permanente?
Es posible recibir el subsidio para mayores de 52 años y una incapacidad permanente al mismo tiempo, aunque acceder a ambos es bastante difícil debido a uno de los requisitos relacionados con el nivel de ingresos.
Para cobrar ambas prestaciones de manera simultánea se debería ser beneficiarios de una incapacidad permanente total (la que limita para trabajar en la profesión habitual) y comenzar a trabajar y cotizar para un trabajo que no entre en conflicto con dicha incapacidad.
Tras acabar este se deberá de agotar la prestación contributiva por desempleo, agotarla y reunir todos los requisitos del subsidio para mayores de 52 años. Estos son tener 52 años o más de edad, reunir todos los requisitos salvo la edad para acceder a la pensión contributiva de jubilación, tener al menos 6 años cotizados por desempleo y carecer de rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, que en 2024 son 850,5 euros al mes.
En relación con las rentas por incapacidad permanente, la mayoría supera la cuantía mínima del 75% (cuantías mínimas fijadas este 2024), excepto en dos casos específicos. Por un lado, la incapacidad permanente total para personas de 60 a 64 años sin cónyuge es de 729,7 euros al mes (10.215,80 euros al año), y con cónyuge es de 608,30 euros mensuales (8.516,20 euros al año).
Por otro lado, las pensiones por incapacidad permanente total debido a enfermedad común para menores de 65 años, que con cónyuge a cargo, la pensión es de 608,30 euros al mes (8.516,20 euros al año), mientras que sin cónyuge, la cantidad desciende a 603,10 euros mensuales (8.443,40 euros al año).
Así, por ejemplo, si se cobrase una incapacidad permanente con una cuantía de 729,7 euros al mes, solo habría un margen de 120,3 euros (hasta llegar a los 850,5 euros) para poder solicitar el subsidio.
Por eso, aunque el SEPE y la Seguridad Social permitan recibir ambas ayudas, será bastante complicado debido a que entre las cuantías mínimas y las rentas del subsidio habrá poco margen de ingresos. En el caso del resto de subsidios pasa lo mismo, no será compatible a no ser que generemos derecho a un subsidio y los requisitos lo permita. En el caso de la Renta Activa de Inserción, el SEPE deja claro que no son compatibles, ya que es una pequeña ayuda destinada a personas económicamente vulnerables.