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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#12136

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si estás en este punto, te aconsejo te mires un abogado, tanto si haces tú la reclamación acabarás con abogado, mejor que te lo mire un abogado te orientará mejor, tema reclamaciones, tiempos y formas

#12137

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Agatha, primero decirte que siento mucho la denegación que te han dado y te digo lo mismo que te dice el usuario Jepeto, busca un abogado y si no puedes permitirtelo siempre esta el de oficio, espero de corazón que se solucione tu procedimiento y se haga justicia 
#12138

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Jepeto por tus aportaciones, pero me temo que aquí no es cuestión de que pactes con la empresa o no. El ET dice que te tienen que guardar el mismo puesto durante 2 años. Y está claro que en muchos casos te harán una revisión y te darán un No apto para echarte por el mínimo como bien comentas.

Lo que yo preguntaba es, que si tienes reserva del puesto de trabajo pongamos hasta diciembre del 2024 y en enero del 2024 te revocan la incapacidad, pero tu te estás sacando una carrera porque has decidido aprovechar este tiempo, lo que preguntaba es si puedes decir, ok, me la quitais, pero a mi no me interesa volver a trabajar hasta junio, que es cuando acabas las clases.
Esa es mi pregunta, que no se si tienes que reincorporarte al día siguiente de que te den de alta o bien puedes "escoger" cuando.

Espero haberme explicado mejor.

Gracias.
#12139

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

interesante pregunta Joank, se agradece si alguien puede responderla con seguridad.
#12140

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hazte a la idea que si te la denegaron por mucha reclamación que pongas la van a seguir denegando. La reclamación siempre acaba en en demanda que es el segundo paso y esto es tema de abogados, si te puedes permitir pagar por adelantado bien, sino como acaban de decir uno de oficio o uno que cobre por resultados y pagarías al final del proceso, a ver si alguien del foro te puede orientar más y wste en tú misma situación,  ánimo y suerte.
#12141

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si te entendí,  no tengo ni idea, pero la lógica es que después de una revisión si te quitan la incapacidad, tienes que volver a tu puesto de trabajo, se supone que estás recuperado, 
No me la jugaría 
#12142

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Siempre puedes pedir una excedencia y más si estás con una carrera, un asesor laborar te puede orientar
#12143

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No,lo que tengo es una discapacidad, la IPT me la denegaron por falta de cotización y yo pedí el agravamiento por la discapacidad, la incapacidad la volveré a solicitar con los mismos informes que la primera denegación ya que en mes y medio si cumplo el tiempo de cotización y se perfectamente que con mi edad y como estoy ahora es una IPT como mucho
#12144

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Perdona, te entendí mal. Suerte entonces 😃
#12145

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Llevan dos años de retraso en Asturias , mí marido ya lleva casi año y medio de espera
#12146

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A mí en el centro de valoración me dijeron que están con las de 2019 osea 4 años..
#12147

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

De k parte de Asturias eres? En Aviles iban x dos años
#12148

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Eso quién mejor lo puede contestar es un abogado, pero imagino que tendrá que ser inmediato, o lo mismo tienes la opción de negociar con la empresa siempre por escrito claro, pero lo mejor es un abogado.
#12149

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 El Real Decreto 1451/1983 establece en su artículo 3 que los trabajadores que hayan recuperado su plena capacidad laboral después de habérseles concedido una incapacidad permanente total o absoluta y quieran ser readmitidos «deberán comunicarlo a la Empresa, y a los representantes del personal, en el plazo de un mes contado a partir de la declaración de aptitud por el organismo correspondiente.» 
#12150

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

 En cualquier caso, en el momento que la persona trabajadora solicite la reincorporación, y siempre dentro de un tiempo prudencial, ésta debe de ser automática.