Por supuesto que no escribo para usted. Es importante que todo lector interesado en el PIAS que viene a publicitar (no en calidad de experto, sino de comercial) se encuentra más barato en otro sitio. Y probablemente con mejor asesoramiento, pues quienes lo están recomendando no parecen estar haciendo spam de su producto en ningún foro.Y creo que también es importante que sepan los costes de los PIAS y el valor del "asesoramiento" que proporcionan los "consultores financieros". Porque no pueden hacerse llamar asesores. Porque no lo son.
Ya lo hice. Y sé de gente que ha contratado el PIAS de Aegon con agentes de Aegon sin ese 70%.Pero insisto, no tengo por qué darle pruebas a usted. Quien quiera contratarlo pagando menos, solo tiene que probar con un agente de Aegon o con la web de Aegon.Que usted me crea o no, me es indiferente.
Simplemente está mal, porque un Bizum no se declara, independientemente del importe. Se declara el hecho imponible, independientemente del medio de pago, e independientemente del importe.Si no hay hecho imponible, no se declara.
ChatGPT se inventa las respuestas cuando no las sabe, y se alimenta de aquello que está en internet.Te animo a mirar la legislación real. No encontrarás jamás que los Bizum o las transferencias se declaran. Lo que se declaran son hechos imponibles, independientemente de la vía de pago.Te tengo aprecio por todo lo que aportas al foro, pero en esto, en serio, para. Está dando vergüenza ajena. Estás muy equivocado y estás obcecado en llevar la razón.Hace un año hice, además, una investigación al respecto bastante profunda, y por eso hablo con conocimiento de causa.Un saludo.
Además de lo que te han dicho, eso será si la aseguradora no quiebra y no la liquidan.Yo pararía aportaciones, devolvería los últimos recibos (todos los que puedas) y buscaría asesoramiento legal, un abogado especializado en derecho bancario y que toque temas de aseguradoras.
¿Y esto lo entiendes como fenomenal? Ahorros bloqueados para todo el mundo, no hay régimen de garantía que les proteja en caso de quiebra y a ver lo que queda si se liquida la aseguradora…Revisando documentación, no solo no cumplen el capital mínimo sino que hay exceso de endeudamiento. No he visto que hayan publicado cuánto deben.Pues eso, fenomenal fenomenal, no. Si yo fuera cliente, ya estaría hablando con abogados.