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Participaciones del usuario al.rodrigo - Hipotecas

al.rodrigo 27/12/10 21:18
Ha respondido al tema Dudas, depósito vivienda o cuenta vivienda
La aportación de 2010 la deduces con toda normalidad, y a partir de 2011 dependerá de tu base imponible. El que un año no hayas podido deducir por superar tu base imponible los límites, no quiere decir que al año siguiente no puedes deducir. Y no habrá que devolver nada de lo deducido por cuentas vivienda aunque la casa la compres a partir del 01.01.2011. Sólo hay que cumplir con el requisito de la compra en el plazo de cuatro años, contados de fecha a fecha (como los cumpleaños), desde la apertura de la cuenta vivienda. Saludos.
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al.rodrigo 01/12/10 18:06
Ha respondido al tema ¿Cuanto podremos desgravar?
Supongo que estamos hablando de una vivienda ya construida. La propiedad jurídica de la nueva vivienda debe de ser vuestra antes del 01.01.2011. Es esencial la entrega de llaves, hasta el 31.12.2010 inclusive. La escritura, estrictamente, no es necesaria existiendo un contrato privado, pero facilita las cosas tenerla hecha antes de que acabe el año (un fedatario público no deja de ser alguien que, sirva la redundancia, da fe de que algo se ha llevado a cabo). Cumpliendo ese requisito de la posesión jurídica hasta fin de año, mantendréis el régimen actual de deducción, la base de deducción máxima anual por declaración es de 9.015 euros (en el supuesto de declaraciones individuales 9.015 euros cada uno de los cónyuges) y el porcentaje a aplicar el 15%. Aunque rizando el rizo, los años en que alguno tengáis una base imponible inferior a 17.724,90 euros, éste aplicará el régimen de deducción nuevo, pues le es más favorable. En este caso el límite de la base de deducción para este cónyuge es de 9.040 euros. Saludos.
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al.rodrigo 17/11/10 13:12
Ha respondido al tema Como tributa la plusvalia en venta
Efectivamente, tienes dos años, desde el día de la venta y contados de fecha a fecha (como un cumpleaños) para reinvertir el neto de la venta (precio de venta menos hipoteca de adquisición pendiente de amortizar) en la adquisición de una nueva vivienda habitual (esta nueva vivienda tiene que pertenecerte jurídicamente dentro de ese plazo). En caso de no reinvertir todo el neto de la venta, en la misma proporción que reinviertas te quedará exenta la ganancia. En cuanto a los porcentajes a los que tributa la ganancia, es correcta la respuesta de Tronxodecol. Saludos.
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al.rodrigo 17/11/10 13:06
Ha respondido al tema Amortizar Hipoteca o Depósito , recomendaciones.
Fiscalmente lo mejor es cancelar parte de la hipoteca, teniendo en cuenta que la base máxima de deducción es de 9.015 euros por año y declaración (aquí depende de si eres el único propietario o es una copropiedad, de si presentas declaración conjunta o individuales...). Lo que desconozco es si existe alguna limitación en la normativa de viviendas protegidas. Saludos.
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al.rodrigo 17/11/10 13:02
Ha respondido al tema Hipoteca, ¿desgrava al convertirse la vivienda en habitual?
Desde el momento en que empieces a vivir en esa casa podrás empezar a deducir por los pagos realizados para su adquisición. Debes tener en cuenta que la condición de habitual hay que "consolidarla", residiendo en la vivienda de forma habitual durante, al menos, tres años. El Proyecto de Ley de Presupuestos habla de fecha de adquisición, no de fecha en la que la vivienda pasa a ser habitual. En mi opinión, sí que seguirás con el régimen actual de deducción. No obstante, pienso que es un tema que dará lugar a alguna consulta vinculante... podrías ser incluso tú, una vez aprobada la Ley, el que la formule. Saludos.
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al.rodrigo 17/11/10 12:59
Ha respondido al tema Perder desgrabacion primera vivienda
Como bien te han contestado, no pierdes las deducciones por tu vivienda habitual. En cuanto a la casa del pueblo... si te la va a donar tu padre, tú tienes que pagar el impuesto de donaciones y, además, en tu declaración de IRPF tendrás una renta inmobiliaria imputada, al ser una segunda vivienda a tu disposición. Tu padre, por esa donación, tendrá una ganancia o una pérdida, que puede quedar exenta si es mayor de 65 años y esa casa era su vivienda habitual... aunque por la antigüedad de la misma, en cualquier caso, sólo tendrá sujeta la ganancia generada desde el 20.01.2006 hasta el momento de la donación. Saludos.
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al.rodrigo 11/11/10 19:07
Ha respondido al tema Noticia interesante sobre cuenta vivienda
Literalmente no lo pone en ningún sitio. El plazo de materialización de las cuentas vivienda es de cuatro años desde su apertura. El cambio en las deducciones está previsto a partir del 01.01.2011... por tanto, si echas cuatro años hacia atrás, tienes que ese artículo 68.4 afecta a quiénes hayan abierto la cuenta vivienda desde el 01.01.2007. Saludos.
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al.rodrigo 10/11/10 19:29
Ha respondido al tema Noticia interesante sobre cuenta vivienda
En tu caso particular, para comprar tu vivienda habitual, tienes hasta el 31.12.2010. De no cumplir este plazo te verás obligado a devolver todas las deducciones practicadas. Este apartado afecta a quienes abrieran la cuenta vivienda desde el 01.01.2007. Que tienen para comprar su vivienda cuatro años, contados de fecha a fecha (como un cumpleaños) desde la fecha de apertura de la cuenta vivienda. Si compran la vivienda a partir de ese 01.01.2011, aunque no cumplan los requisitos para poder deducir por la adquisición de la vivienda (por exceder su base imponible los 24.1074,20 euros) no tendrán que devolver las deducciones practicadas por la cuenta vivienda desde la apertura hasta 2010, siempre que cumplan con ese plazo de cuatro años... y es que había interpretaciones "abiertas"... Saludos.
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