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Participaciones del usuario al.rodrigo

al.rodrigo 12/11/14 19:03
Ha comentado en el artículo Cómo ahorrar en la Declaración de la Renta 2014: planificación tras la Reforma Fiscal
Visto el Informe de la Ponencia, disponible el en BOCG de hoy, ya es un poco más definitivo. Se han aprobado todas las enmiendas del Grupo Popular, aunque sólo las de este Grupo (salvo tres enmiendas de CIU y Grupo Mixto que hacen una corrección técnica). Ya sólo queda el teatro, digo el pleno en el Senado (creo no habrá sorpresas de última hora) y el regreso al Congreso. Saludos.
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al.rodrigo 10/11/14 17:56
Ha comentado en el artículo Cómo ahorrar en la Declaración de la Renta 2014: planificación tras la Reforma Fiscal
No, no es definitivo como no es nada definitivo. Sin embargo, es una enmienda del Grupo Popular, con lo que salvo que el propio grupo cambie de parecer en el último momento (cosa que tampoco sería de extrañar) será aprobado. El Pleno en el Senado se celebra mañana, así que a esperar. Del Senado saldrá una publicación con lo que llegó del Congreso y al lado lo que se modifica en el Senado, de camino al Congreso. En el Congreso se deben de ratificar o echar hacia atrás las modificaciones del Senado, pero sólo eso, de lo que salga en el Senado ya no puede modificarse nada (sólo ratificar o echar atrás la modificación del Senado). Se me olvidó, así que vuelvo a actualizar. Si no estoy equivocado la fecha límite para que la Ley salga publicada en el BOE es el 13 de diciembre. Saludos.
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al.rodrigo 10/11/14 17:32
Ha comentado en el artículo Cómo ahorrar en la Declaración de la Renta 2014: planificación tras la Reforma Fiscal
Puntualizaciones. Según enmiendas introducidas por el Grupo Popular el 31/10/2014 se rescatan parcialmente los coeficientes de abatimiento para las ganancias realizadas en la venta de bienes adquiridos antes del 31/12/1994, funcionando como una especie de "hucha" por contribuyente en la que se tienen en cuenta los valores de transmisión de esos bienes desde el 01/01/2015, permitiéndose la aplicación de los coeficientes hasta que la suma de esos valores de venta llegue a 400.000 euros. En Planes de Pensiones, para contingencias acaecidas antes de 2009, se podrá aplicar la reducción del 40% hasta el 31/12/2018 según modificación introducida en el Proyecto durante su tramitación en el Congreso, al haberse admitido una enmienda de CIU. En el tema de seguros de vida y la desaparición de la compensación fiscal. Antes de hablar de un rescate por el cambio de fiscalidad, conviene que cada uno haga números. Y es que la rentabilidad (dependiendo del año en el que se contrató el seguro) del seguro podría no encontrarse ahora. Es verdad que si no se rescata se pagarán más impuestos pero puede que la rentabilidad que falta por obtener no se pueda conseguir en ningún otro sitio. Saludos.
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al.rodrigo 06/11/14 19:14
Ha respondido al tema Plan de Pensiones
En cuanto al tema inicial que se estaba debatiendo. Desde el punto de vista fiscal, en este caso, sin tener en cuenta el resto de ingresos sobre los que no se informa, el año 2016... es el año en el que según la reforma los tipos van a ser más bajos. La pregunta a hacerse no es como va a quedar el impuesto después de esta reforma, eso ya parece bastante claro visto el texto remitido al Senado y las enmiendas presentadas en éste, la pregunta a realizarse es: ¿va a durar esta reforma hasta el año 2016? Por cierto, un último apunte aunque no sea el caso. Para no perder la reducción del 40% por los jubilados antes del 01.01.2015, se van a tener 8 años desde el acaecimiento de la contingencia para solicitar la prestación o hasta el 31.12.2018 si esta fecha es posterior. Saludos.
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al.rodrigo 06/11/14 19:07
Ha respondido al tema Plan de Pensiones
Creí que me había equivocado de hilo, esto es para Atrujillocc. Si eres el único beneficiario del plan de pensiones te interesa pedir en 2015, en forma de capital, 2.500 euros procedentes de la aportación anterior al 31.12.2006 y luego una renta a percibir desde 2016 de 1.500 euros anuales. Hará que no sobrepases los 11.500 euros de dos o más pagadores y por tanto seguirás estando eximido de la obligación general de presentar declaración. Saludos.
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al.rodrigo 06/11/14 12:17
Ha respondido al tema Exención ganancias patrimoniales en venta vivienda habitual mayores de 65 años
La exención por venta de vivienda habitual por mayores de 65 años no es una exención rogada. Te digan lo que te digan en la AEAT, que te lo den por escrito y que te indiquen la casilla en la que lo tienes que solicitar (no la hay y las que citas en tu anterior mensaje no concuerdan, ni para 2013 ni para ejercicios anteriores). El cónyuge que cumple con esta condición, evidentemente, como su parte está exenta no lo incluye y no se aplica exención por reinversión. La exención por reinversión, es una opción, hay que optar en la declaración. El cónyuge menor de 65 años declara la correspondiente ganancia y luego marca la opción de acogerse a esta exención, puede hacerlo porque la ley no se lo impide. Si es que están presentando declaración conjunta, la ganancia que recoge el programa PADRE es ese 50% que se ha adjudicado al menor de 64 años y perfectamente puede seguir aplicándose la exención por reinversión. Que te den también por escrito el artículo o artículos de la Ley y/o del Reglamento que te impiden hacerlo. Saludos.
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al.rodrigo 05/11/14 17:28
Ha respondido al tema Alarma en los seguros de ahorro
Toca rescatar este hilo para ir informando de las últimas novedades. Las modificaciones previstas en lo ya dicho, por modificaciones ya introducidas en el Proyecto en su tramitación en el Congreso o por las enmiendas del Grupo Popular en la tramitación en el Senado son: - Se rescatan parcialmente los coeficientes de abatimiento. Para seguros, hay que ir sumando las percepciones totales desde 01.01.2015 y con derecho a la aplicación de estos coeficientes. Se podrán seguir aplicando como hasta ahora hasta que la suma llegue a 400.000 euros. Creo (aunque es opinión personal) que esto son "dos duros", el principal beneficio, las compensaciones fiscales, desaparecerán definitivamente. - En planes de pensiones lo procedente de derechos consolidados a 31.12.2014 más (esta es la modificación) lo procedente de las aportaciones realizadas en 2015 podrán rescatarse a partir del 01.01.2025. Lo justifican en la necesidad de la obligación puesta a las aseguradoras hasta el 31.12.2015 para adecuar los sistemas informáticos para el conocimiento exacto de la fecha en que se realiza la aportación (¿en qué mundo viven los legisladores?). Creo no dejarme nada en el tintero. Saludos.
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