Hola Misting, en mi caso me pagaba la Mutua , por enfermedad común , asta los 18 meses.Mí abogado me recomendó que fuera a la Mutua unos días antes de cumplir los 18 meses y solicitará el Pago Directo así que me presente en la Mutua y ellos me ayudaron a solicitar el Pago Directo al INSS.DNI ,Número de cuenta y última nómina también el libro de familia.Si estás fijo en la empresa, la empresa aveces...te finiquita a los 18 meses , otras veces cuando salga la resolución.Mí consejo es que hables con la Mutua y con al Empresa
Tienes razón Carlos,ya que uno está mal de salud,por lo menos que podamos vivir dignamente , Insisto la Salud es lo primero.Bueno ahora ya sabes lo que te han dado y el porcentaje 55, y si te pertenece el 75, l puedes reclamar.A mí me ocurrió lo mismo que a ti, tenía 56 años cuando me concedieron una IPT, al 55%. También me ponía que estaba dado de Alta.Aunque en la carta pone que se te aplicará en su momento siempre que estés dado de baja.Supongo y solo supongo que será por si alguien puede y quiere continuar trabajando en otro tipo de empleo Yo llevé la carta aún abogado y lo reclamo a los 10 días me enviaron otra Carta Certificada con la cantidad Rectificada.Ánimo suerte y mucha salud!!No entiendo porque no ponen ya directamente el 75% si la persona ya tiene más de 55 años.
Hola Carlos, el tipo de IP en tu caso la Total, es si te han concedido el 55%, viene indicado en la Resolución.Como bien dices tienes 59 años, si no trabajas nada en ninguna otra profesión, te corresponde el 75% y sería Una Incapacidad Total Cualificada.IPTC. Que también tiene que venir indicado en al Carta de la Resolución.En mi caso me concedieron una IPT con 56 años, reclamé y me concedieron una IPTC y me enviaron la Resolución rectificada y con las operaciones incluidas.Hay otra manera de saber si te dan el 55 o 75, pero claro es más laboriosa.Puedes hacer tú mismo las operaciones sumas todas las bases reguladoras de los 96 meses ultimos (lo ves en mi seguridad social) lo divides entre 112 y sacas el 55% o el 75% sabes lo que te pagan en bruto aprox. Luego tienes que descontar el IRPF.O como tú dices : Te pones en contacto con el INSS y que te lo miren y expliquen.Ánimo suerte y mucha salud!!
Ya iremos comentando ,aún no se nada.Yo tengo que ir a Terrassa por qué es mi zona,hace un mes llamé por teléfono y solo me preguntaron en qué fecha la había solicitado..y me dijeron que era muy pronto que esperara 2 años.
Hola, creo que fui yo quien comentó, "" Que Mi abogado me.dijo que solicitará a la empresa.EL JUSTIFICANTE DE BAJA ,( porque solo me daban el 50% y tenía que solicitar el 20% más)y cuando se lo pedí vía Correo electrónico, le comente a la empresa si ya tenian la Notificación DEL INSS y si me podían pasar una copia, y así lo hicieron , me enviaron copia de la Notificación que les envío el INSS y el Justificante de baja de la Seguridad SocialMi abogado me dijo que toda la documentacion que estuviera a mi nombre me la tenían que enviar si yo lo pedía.Pero como en todos los sitios hay personas que se portan bien y otras no tan bien.En mi caso ya digo No tiene ningún problema y me lo enviaron el mismo día.
Hola Karenkaren20, yo lo pasé en el 2023 ,o sea que aún no era la Nueva Ley, pero según han comentado en este foro y otros parecidos L Nueva Ley aún no está en Vigor.Yo solo te puedo comentar y explicar mi caso particular.Vivo en Barcelona.12 meses, pasas depende del INSS, tú médico ya no puede hacerte ma baja ni darte el Alta , el sistema Informático No lo permite y solo el INSS es quie te puede dar el Alta y sea automática porque ellos ven loa informes o visit presencial el famoso Tribunal Médico en Cataluña ICAM .A los 18 meses debes de Solicitar el Pago Directo o bien a la Mutua o.. al INSS. Ysi estás Fija la empresa te puede dar el Finiquito,pagas extras y vacaciones generadas sin disfrurtar por estar de baja o espera la Empresa a qué salga la Resolución y si te conceden una IP te tienen que Finiquitar.A partir de los 18 meses No te pagarán Pagas Extras solo la mensualidad , y aesperar que te llamen del INSS o recibas unSMS ese fue mi caso.A mi me.llmtin a los 23 meses de baja yo Resolución tardo 3 meses masSiempre me pagaron todos los meses de baja ,asta que salio lo Resolución,la empresa y la Mutua Cualquier duda pregunta,estamos aquí para explicar cada uno su caso y poder salir de dudasSobre todo ten paciencia,muchas paciencia no cojas nervios lo primero es tu Salud Ánimo suerte y muuucha Salud
Hola José luis 54, Estamos comentado la Re isión del Grado de Discapacidad. No la Incapacidad.Yi ya tengo una IPT hace mas de 1 año. y he solicitado la Revisión de Grqdobde Discapacidad Ánimo suerte y muuucha Salud