Nadie ha dicho eso. Es una interpretación muy particular la que haces.
Esa mujer se aferraba a la posibilidad de que cambiaran las circunstancias y pudieran despegar los aviones, al menos con destino a donde ella quería.
Mira que os gusta algunas veces ser amarillistas...
Eso el que pueda; al que le haya pillado de improviso lo tiene crudo.
Ayer salían en los informativos declaraciones de algunas personas a las que esta situación le destrozaba planes importantes, como las de una madre que debía llevar a su hijo a un hospital de EEUU para una importantísima operación y había ido al aeropuerto agarrándose a cualquier mínima oportunidad de volar.
A veces desde nuestro sillón de casa las cosas se ven diferentes...
Pues eso.
Y si entre la reclamación a la aerolínea y la vía judicial te armas con más argumentos a tu favor (resolución de DG de Aviación Civil), pues más posibilidades tienes.
El Reglamento comunitario establece que los pasajeros deben poder reclamar ante los Estados Miembros el incumplimiento por la compañía aérea de las obligaciones establecidas en este Reglamento(CE) 261/2004.
Si usted ha sufrido una cancelación o retraso de un vuelo o le han denegado el embarque, puede presentar una denuncia ante la Dirección General de Aviación
Civil para informar de dicho incumplimiento. Le recomendamos que para formular dicha denuncia utilice el formato normalizado que ponen a su disposición en su página web (www.fomento.es), así como en la Oficina de atención al Usuario de la Dirección General de Aviación Civil.
La reclamación ante la compañía aérea es un mero trámite para dejar constancia que has intentado ante ella ejercer tus derechos. No vale para nada más (en la inmensa mayoría de los casos).
La reclamación (denuncia, más exacto) ante la Dirección General de Aviación Civil es optativa; lo único que vas a conseguir es tener argumentos favorables a la hora de denunciar en los tribunales a la compañía aérea.
Te cuento cómo funciona cuando la aerolínea no quiere cumplir sus obligaciones:
Reclamas a la aerolínea
- La aerolínea te responde con una "tontería" cualquiera.
Haces una reclamación a Aviación Civil.
- A.C. valora toda la información facilitada y puede negarte la razón (punto final) o puede dártela. En este último caso te dirá que reclames judicialmente a la aerolínea. Su dictamen no es vinculante y los jueces te pueden dar o quitar la razón.
Al final, aunque tengas razón, te puede costar más el collar que el galgo.
Por eso, la aerolínea "concede" ciertas atenciones, más que nada en función de la presión que reciba y de la trascendencia mediática.
Lo de devolver el importe del billete es de una lógica aplastante, que no requiere más comentarios.
Con relación a lo segundo, me gustaría saber al final a cuántos viajeros le han concedido esas atenciones. Me atrevo a aventurar que únicamente a los que se encuentren en tránsito (haciendo escala o cambio de vuelo).
Es una situación jodida. Las aerolíneas no tienen responsabilidad; se trata de causas ajenas claramente a ellas.
Si te pilla una cancelación en Londres: ajo y agua. Todos los gastos correrán de tu cuenta; a menos que tengas algún seguro que cubra esta eventualidad.