Rober, lo voy a intentar explicar con un ejemplo.
Tenías 25000 eurillos ahorrados con ING. Los tenías en depósitos y cuentas naranjas.
Sacaste de la Cuenta Naranja 5.000 eurillos el 1 de septiembre de 2012.
Ahora tienes 1.000 euros para depositar al 4 por ciento.
Sin embargo, el sistema ING ve que en los últimos 11 meses has desahorrado 5.000 euros y no te deja hacer ese depósito.
Si tuvieras 6.000 euros, te dejaría hacer el depósito por 1.000 euros y los otros 5.000 irían a la cuenta naranja para poder reponer tu posición inicial.
Sin embargo, si ya estuviéramos a 1 de agosto de 2013 (han pasado 11 meses), y no has hecho más movimientos en la cuenta naranja de ING, el sistema te pone el contador a 0 y dice que no has sacado dinero en los últimos 11 meses. En ese caso, podrías meter los 6.000 euros en el depósito.
Conclusión: si has sacado dinero de las cuentas naranja que tengas abiertas en los últimos 11 meses, sólo podrás hacer depósito cuando ingreses una cuantía superior a la cantidad que sacaste y sólo por la cuantía que exceda de ese dinero que sacaste (en el ejemplo, sólo podrás hacer depósitos cuando ingreses más de 5.000 euros y sólo podrás hacerlos por el importe que exceda de esos 5.000 euros).
Espero que te haya servido.
Que bien hiciste en despreciar combinado. En lo de haber hecho bingo en la sucursal adecuada, enhorabuena!!! Es en ZGZ? Porque si es en Logroño es para pensarlo... aún así sigo creyendo que pronto tendremos una sorpresa del 5 por ciento en algún sitio.
Hombre, lo de cobro al vencimiento no sé si es lo mejor. Aunque la TIN baje, algunos preferimos cobro mensual porque es una renta con la que puedes contar cada mes. Por otro lado, si es semestral, el 4,25 es TAE pero no TIN. La TIN será inferior. En cualquier caso, muy buena oferta... esto se mueve... cuando llegue el ofertón, a deshacer posiciones en ING con su 4 por ciento para llevarlo a esas ofertas buenas. Creo que pronto veremos un 5 por ciento. A ver dónde.
Es sólo para los que se vieron afectados con las preferentes de la CAM. Olé por esta entidad, creo que éstas son mejores soluciones que las que hasta ahora se habían ofrecido. Es que encima no hay comisión de penalización.
¿Incumplir el 135 CE? No atender al pago de deuda supone no atender a ningún otro pago (nóminas, pensiones, subsidio de desempleo, dependencia...), porque el pago de la deduda es de "absoluta prioridad". Sensacionalismo no, gracias.