Anton74
14/03/25 10:19
Ha respondido al tema
Mod 720.-Obligación declaración productos cancelados no declarados inicialmente
Si en 2023 no has dado de baja el depósito de 2022, podrías hacer una declaración complementaria para 2023 dando de baja ese depósito, a la vez que das de alta el depósito que contrataste en 2023 por el mismo valor en esa misma declaración complementaria. Luego en la declaración de 2024 das de baja el depósito de 2023. Otra opción quizás es dar de baja en 2024 el depósito de 2022 (con la fecha de baja 2024 del depósito por el mismo valor que se canceló en 2024) si no lo diste de baja en 2023, ya que no hiciste declaración al no haberse visto modificado el saldo. Aunque quizás lo más lógico es dar en la declaración de 2024 de baja el depósito de 2022 (con la fecha de baja en 2023), y en esa misma dar de alta el de alta el depósito de 2023 (con la fecha de alta de 2023), y a continuación darlo de baja en 2024, ya que no tenías obligación de declarar en 2023 pero si la tienes ahora, pues lo declaras todo ahora en el modelo 720 de 2024.Creo que la última opción es la más correcta, en cualquier caso tienes que dejar cuadrada la contabilidad en hacienda, para que refleje tu situación actual, y dejando constar la baja del depósito de 2022. El saldo modificado de la cuenta (de 121.000) lo tienes que declarar, declaras la cuenta esta vez no con la clave A (alta) sino con la clave M (mantenido/modificado) y el saldo a 31/12/2024.Saludos