Anton74
14/03/25 08:27
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Rellenando el Modelo 720
Buenas, llevo haciendolo así desde 2012. Con la A se da de Alta, con la C se Cancela. La M es para saldos o productos que se Modifican. Una vez declarado con la A está declarado, si el saldo no cambia no hay que declarar con la M, porque ya se ha declarado y consta en sus datos. Un depósito de 10 años pues lo das de alta una vez y a los 10 lo das de baja, si el saldo no cambia en todo ese tiempo. Tampoco hace falta declarar pequeñas modificaciones, no se así de memoria pero creo que si las cuentas que tienes no han cambiado y los saldos han variado menos de 20.000 tampoco hace falta declarar la modificación de saldos, esto ya lo digo de memoria. Si tienes una sola cuenta con 60.000 y al año siguiente esa misma tiene 65.000 pues no haría falta declarar la modificación.Lo mismo aplica a valores. Si declaro 100 acciones Repsol que compro a 25, y el año siguiente sigo teniendo esas 100 acciones Repsol y han subido a 26 no hace falta declararlas con la M, mi propiedad de 100 acciones Repsol no ha cambiado y están debidamente declaradas.Se declaran las nuevas altas, cancelaciones y modificaciones, pero lo que no cambia ya está declarado y si no ha sufrido una modificación pues no hace falta mencionarlo, porque ya consta con los datos correctos en hacienda.Otra cosa es que quieras usar la plantilla del año pasado y la dejes por comodidad con todos los productos, pero no hay obligación. Saludos.