Perdona, no quiero defender ni atacar a nadie, pero... No habrás visto chulería donde Agredesniak sólo quiso ser agradecido? Lo digo por que al inicio de la frase que entrecomillas va un "Gracias," que yo entiendo como un agradecimiento anticipado por las respuestas "expertas" que espera recibir.
Venga, saludos y no nos hagamos mala sangre.
Ese tío es tonto y en su tontura cree que los tontos sois tu y la compañía de seguros. Ah, y creo que si se lo deberías decir a la cara. Total lo único que te puede pasar es que pierdas a un cliente que no creo que quieras conservar.
¿Por cierto, para el cómputo del Bonus-malus se tiene en cuenta el grado de tontez y la dureza de la cara? Porque este se iba a tener que buscar el seguro en la China.
Saludos
Creo que la respuesta está en el artículo 23 de la ley 50/1980 sobre el contrato de seguro:
Artículo 23.
Las acciones que se deriven del contrato de seguro prescribirán en el término de dos años, si se trata de seguro de daños y de cinco, si el seguro es de personas.
Para este caso serían 2 años.
Saludos
Hola de nuevo. Primero que nada decir que algo así deseo que no le suceda a nadie y que entiendo que mi forma de enfocar la cuestión te haya alterado un poco por la cercanía del caso que nos cuentas. Por supuesto no era esa mi intención y te presento mis disculpas por si las crees necesarias. Quizás no debí utilizar la palabra "SIEMPRE" pues está claro que no todos los casos son iguales y menos si hay responsabilidades penales por medio.
Únicamente aclarar que mi intención era persuadir de que no nos podemos escudar en que el otro coche estaba mal aparcado para evitar nuestra culpa. Una cosa es que alguien detenga o abandone su vehículo poniendo en riesgo la seguridad y la vida de terceros y otra es el "típico" rascón o pequeño golpe a un coche aparcado en doble fila, en una esquina, etc. En estos casos, en lo que se refiere al golpe, lleva las de perder el vehículo que está circulando.
Saludos
Tu llegas a una retención que está justo tras un cambio de rasante y le das al último vehículo y tengas culpa o no, tu seguro le paga los daños al otro. De todas formas, en el caso que nos ocupa no hay ni cambio de rasante ni curva ni nada.
Por cierto el código de circulación dice esto:
Artículo 45. Adecuación de la velocidad a las circunstancias.
Todo conductor está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos y a tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación, y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento, a fin de adecuar la velocidad de su vehículo a las mismas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse (art. 19, número 1, del texto
articulado).
Saludos
Vamos a ver, olvidaros de las señales. Como si en ese momento estuviese un policía poniéndole la multa al otro. La culpa es del que va en marcha. SIEMPRE. Que el que puede y debe evitar el golpe es el que va en marcha. Que por muy mal aparcado que esté un vehículo no significa que le puedas dar un golpe.
Saludos
Si el otro coche ya estaba parado la culpa es de tu familiar. Otra cosa es que al otro deban multarle por meterse en dirección prohibida y aparcar en doble fila.
Imagina que aparcas en doble fila, te vas a casa y al día siguiente encuentras tu coche con el retrovisor roto y todo el lateral rascado. ¿Crees que te podrían reclamar a ti los daños del otro vehículo? La respuesta es no, la culpa sería del otro.
Saludos
Tu reclama la baja completa que para intentar rebajar ya están ellos. Además te la tienen que pagar completa. Tu pagaste por asegurarte contra un riesgo que se ha consumado, nada tiene que ver que durante la duración de las consecuencias del riesgo termine la vida de la póliza.
Hay pólizas de estas de indemnización diaria por baja médica que son baremadas (según la causa de la baja se han estipulado unos días de baja) y te pagan el total de la indemnización a las 48 horas de comunicar la baja. Al día siguiente podría finalizar tu seguro, no renovar, y nadie podría decirte ni reclamarte nada.
Saludos
Chico, vistas las respuestas que te han dado tu reclámalo a la compañía (de momento por las buenas) que para que te digan que no siempre estás a tiempo, y la indemnización por casi un año de baja no debe de ser moco de pavo. Como casi seguro que la compañía te dirá que no tiene obligación de pagarte nada pq no avisaste en tiempo y forma, pues entonces te vas a su departamento de atención al cliente y presentas de nuevo la reclamación. Después de esto, si no te hacen caso, puedes reclamar ante el servicio de reclamaciones de la DGSyFP.
Saludos