Hola Trayetes,
Primero, gracias por contestar y lo del interés, lo he visto en la página de la generalitat de Cataluña, que se puede elegir entre interés fijo (swap dependiendo de los años de la hipoteca + diferencial + 0,25 a 1,25) o variable (euribor + dif. + 0,25 a 1,25).
Te agradecería si pudieras responder a unas preguntas que tambien colgué ayer sobre la diferencia entre VPO de régimen general y especial.
Gracias
Disculpa Ritxi70, enervar significa que los del BBVA cuando se enteren del posible cambio no puedan hacer alguna oferta ellos para evitarla, verdad?
Por cierto, sabes si harían lo mismo de tratarse de un crédito hipotecario?
Ya nos contarás como sigue el tema CAP.
Mucha suerte!