buenavista
14/06/22 17:29
Ha respondido al tema Cláusula suelo
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Si te has deducido, en mi opinión, tienes que regularizar las cantidades correspondientes a los ejercicios 2017, 2018, 2019 y 2020.El párrafo que debes aplicar del link que te porporcionaron anteriormente es este:"Si la devolución de estas cantidades se produce en efectivo el contribuyente perderá el derecho a las deducciones practicadas en relación con las mismas, debiendo sumar a la cuota líquida estatal y autonómica, devengada en el ejercicio en el que se hubiera celebrado el acuerdo con la entidad financiera o en el de la sentencia o el laudo arbitral, exclusivamente las cantidades indebidamente deducidas en ejercicios anteriores en los términos previstos en el artículo 59 del Reglamento del IRPF, sin inclusión de intereses de demora.Dicha regularización únicamente se realizará respecto de los ejercicios en que no hubiera prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación".En consecuencia, dabes calcular las cantidades que te dedujiste en exceso por esos años, teniendo en cuenta el cuadro de amortización sin "cláusula suelo" que te ha debido proporcionar el Banco que justifica la devolución de esos años.Es un poco complejo, pero mira aquí:https://www.supercontable.com/informacion/impuesto_renta_IRPF/Cumplimentar_en_el_Modelo_100_las_cantidades_recibidas_.htmlEn ese link se tiene en cuenta que la devolución de la CS se hizo en 2020.Modificas y adapta lo que indican a tu caso.Si necesitas más ayuda, sigue preguntando.Un saludo.