Efectivamente, se han trucado las reglas, y a la larga puede tener un efecto boomerang en contra de los beneficiados por el truco. Con esta interpretación de la sentencia se deja sin efecto la responsabilidad por folleto y en general por la información periódica que deben publicar las sociedades cotizadas... sólo en cuanto a los bancos. Esto va a suponer una gran pérdida de confianza por parte de los inversores. Al riesgo normal de las acciones, añades el de que no hay responsabilidad efectiva por la eventual falta de veracidad del folleto y de las cuentas anuales.
Lo habitual es que la cesión se del crédito, no del contrato. Como el crédito deriva de un contrato usurario, se opone la nulidad del contrato, que conlleva la inexistencia del crédito si ya se ha devuelto más de lo financiado; y si no se ha pagado más de lo financiado, la deuda será inferior. Hay además otras cuestiones que oponer, dependiendo de cada caso.
Es que aquí no se trata de nulidad por error al amparo del Código Civil, que tiene plazo de 4 años, sino de nulidad por falta de transparencia al amparo de la normativa de protección al consumidor contra cláusulas abusivas, que es imprescriptible.
El coste reputacional viene no porque pleitee contra un porcentaje bajo de clientes que tienen hipoteca multidivisa, sino porque todos los que la tienen les ganan el juicio; y pierden juicio tras juicio y siguen pleiteando. En otros países esto no sería admisible.Y que la razón de que pleiteen es la que dices, está muy claro que es así, es algo ya estudiado desde hace décadas; ya hablé de ello en mi tesis doctoral, que tiene más de 25 años. En los países de nuestro entorno no ocurren estas cosas. Hay supervisores que obligan a la banca, aseguradoras, etc. a reembolsar lo cobrado indebidamente; por ejemplo, en el Reino Unido el supervisor ordenó a los bancos que habían colocado swaps a pequeñas empresas (allí no se colocaron a consumidores) a devolver el dinero sin necesidad de pleitear; y también en el Reino Unido se obligó a las aseguradoras que habían cobrado primas de seguros de protección de pagos (los que te colocan con las tarjetas de crédito revolving) a devolverlas por lo mal diseñados que están.
Hace algunos años elaboramos con la Unión de Consumidores de Asturias una propuesta en ese sentido, tras reuniones con jueces, que presentamos a los partidos políticos. Estamos esperando la respuesta.