La reclamación por parte de empresas (de no consumidores, en general) es posible, aunque bastante más complicada que la de consumidores. El Tribunal Supremo está anulando el clausulado multidivisa por falta de transparencia, aplicando la normativa de protección de consumidores. Para los no consumidores la defensa ha de basarse en el Código Civil y la normativa bancaria genérica: obligación de informar del contenido de la oferta contractual; obligación de negociar de buena fe; puede defenderse que la recomendación de contratar un préstamo multidivisa ocultando cierta información y presentando datos sesgados incurre en dolo eventual, lo que permitiría reclamar una indemnización por los daños sufridos. Es importante revisar toda la documentación y tratos habidos desde el primer contacto hasta la firma de la escritura.
El Banco no hizo ninguna liquidación en el juicio, simplemente defendió la validez del clausulado multidivisa. El Juez tampoco hizo ninguna nueva liquidación, no es su misión; lo que hizo fue estimar la demanda, en la que pedimos la diferencia entre lo pagado con el clausulado multidivisa y la liquidación alternativa del mismo préstamo con el clausulado alternativo que prevé la liquidación en euros y con referencia al euribor; se calcula cuánto habrían sido los pagos mensuales en euros y se halla la diferencia con lo realmente pagado.
Es algo que tiene que valorar con el abogado que haya contratado, a tenor de cómo haya planteado la demanda, las pruebas que haya presentado, etc. Hay que ver si han basado la demanda sólo en la falta de veracidad del folleto o también en la del resto de información que fue publicando el Popular hasta la intervención. La validez del folleto es de doce meses porque así lo dice la Ley.
Es mucho más complicado que la Bolsa. Puede entenderse que te suba la cuota porque la divisa se ha encarecido, pero es incomprensible que debas más dinero después de haber pagado todas las cuotas de varios años; y que por el mero hecho de deber más, el Banco pueda ejecutar el préstamo por esa mayor deuda, a pesar de estar al día de tus pagos. No conozco casos en que hayan ejecutado el préstamo, pero está previsto en las escrituras y podrían hacerlo. Lo que sí es un hecho es que la mayoría de prestatarios debían más dinero del recibido después de cinco o seis años de pagar cuotas, en préstamos a 20 años.