Hola, yo todo esto lo llevo poniendo hace años (que me acuerde unos 10 o alguno más) en el apartado de premios, así lo declaro y no estoy ocultando datos, pero son unas cantidades tan pequeñas que nunca supe dónde ponerlas. De hecho sé que alguna empresa, porque lo ha notificado, daba parte a Hacienda de tus rendimientos y haciéndolo así nunca me han dicho nada...
Creo que deberían salir, ahora, yo entregando personalmente (es decir, sé perfectamente que las entregué y cuando) se han terminado los ejercicios y aún no aparecían las de primeros de año porque no la habían introducido en la delegación en cuestión. Eso sí, nunca me han llamado a pedirme explicaciones, imagino que primero se comprobaba si estaba en mi delegación sin meter en el servidor. Por si te vale de pista.
Gracias por la info! la verdad es que es una aventura esto de las declaraciones, entre el java que siempre hay que actualizar o hacer alguna cosa y luego esos errores que no sabes muy bien a qué se refieren...
Hola, mi consejo es que preguntes a un profesional y no lo dejes, yo he recuperado alguna herencia de 40 y más años (eso sí, no estaba adjudicada todavía, quizá esa fue la gracia). Pero el abogado siempre me ha dicho que lo de los 30 años "sí pero no", sin aclararme concretamente por no entrar en detalles que no iban con mi caso. La idea es que debe haber casos y casos y por eso te recomiendo que lo consultes porque un inmueble en Barcelona no es tontería como para dejar escapar la posibilidad.
Hola, si te dicen los compañeros que la fecha válida es la del fallecimiento así será que ellos saben más que yo, pero en un caso similar, alguien me contó que se lo llevó un abogado, y alegaron que el impuesto que había que haber pagado desde el fallecimiento a 199X (el año en que esta persona heredó), se tenían que haber abonado cuando se produjo la herencia, y que en 200X, cuando este señor vendió el bien (habían pasado más de 5 años), el impuesto estaba prescrito, con lo que según me dijo (pero yo no me hago responsable si se lo inventó para que viera lo listo que es o es verdad) pagó desde 199X fecha en que cogió la herencia hasta 200X fecha en que vendió el bien.