En "ambos tenían cuenta en..." puede estar el quid de la cuestión. Familiar fallecido con cuenta en Openbank. La viuda e hijos se temían que la testamentaria se iba a complicar por ser un banco sin oficina física. En Openbank les dijeron que si los herederos tuviesen una cuenta conjunta en Openbank, se agilizaría bastante el proceso de testamentaria. Se abrieron cuenta en Openbank, entregaron la documentación que les pidieron y a los pocos días estaba el dinero de la herencia en la cuenta conjunta. Un saludo.
Supongo que lo quitarán, pero hoy 1 de octubre, ha hecho un familiar una transferencia a través de la web de Cajamar con el ordenador sin problemas. Le enviaron un SMS con un código para confirmar la operación.Un saludo.
¡Hola a todos!Como lo prometido es deuda, aquí dejo mi relato cronológico para oponerme a la modificación de condiciones del Santander por el mismo canal que me informaron (electrónico):- 02/12/2020: Escrito dirigido a [email protected] sin certificado digital (con firma manuscrita escaneada y fotocopia del DNI), solicitando oposición a la modificación de condiciones que entraban en vigor el 11/01/2021 y cierre de la cuenta.- 11/12/2020: El Banco Santander me envía acuse de recibo por e-mail y me dicen que inician los trámites para resolver la reclamación.- 04/02/2021: Escrito dirigido a [email protected] diciéndoles que las nuevas condiciones han entrado en vigor y sigo sin respuesta, preguntándoles si la falta de contestación es por sobrecarga de trabajo del SAC o es la respuesta en sí misma.- 15/02/2021: El Banco Santander me envía respuesta diciendo que si quiero cerrar la cuenta, tengo que pagar la comisiones que se han generado desde la entrada en vigor de las nuevas condiciones el 11/01/2021...- 02/03/2021: Reclamación al Banco de España.- 26/04/2021: Apertura de expediente por el BdE.- 18/05/2021: Escrito del Banco Santander pidiendo una prórroga al BdE para contestar la reclamación.- 02/06/2021: Escrito del Banco Santander allanándose a mis pretensiones e informando que han cerrado la cuenta sin cobrar comisiones (tenía ya pendiente de cobro 80 € desde que entraron en vigor las nuevas condiciones...).Muchas gracias, @W. Petersen y @brugal, por participar y ayudarme en su momento.Un saludo.
Se agradece la respuesta fundamentándola con la legislación concreta para que no haya dudas. Creo que podría alegar hasta prescripción al liquidar porque el comprador fue mi padre y falleció en agosto de 2015. Incluso la propia agencia tributaria autonómica tuvo conocimiento de la transmisión en diciembre de 2015 porque esa vivienda se incorporó al caudal hereditario para liquidar el impuesto de sucesiones.Un saludo y gracias.
De acuerdo, gracias. Según he buscado, la dirección creo que es [email protected]. También tengo en mi área de banca electrónica asignado un gestor y te dan la opción de contactarle por correo. Estoy por enviarle a él antes el documento de oposición a ver qué me cuenta o si me da la callada por respuesta..., pero antes tengo que mover tropecientos recibos domiciliados y la nómina de una cuenta abierta en Banesto en los años gloriosos de Induráin... No sé, no sé, si esto de espantar a un cliente de toda la vida es buena estrategia.Ya contaré como acaba mi periplo.Un saludo y gracias.
¡Hola, W. Petersen!Ante todo, muchas gracias por responder. Somos 2 titulares en la cuenta. ¿Crees que colaría correo electrónico al SAC con documento de oposición escaneado con las firmas y fotocopias del DNI de los titulares o rechazarían si no va con certificado digital?Un saludo y gracias nuevamente.