¿Podrías comentar en que sale más beneficioso la segunda? Como comente, conozco las dos opciones que hay como socio administrador en caso de poseer el 50% o más de la sociedad, pero en la práctica desconozco en que sentido una u otra opción puede ser mejor. Aunque intuyo que dependerá de la situación. Saludos!
Gran iniciativa, y más en una región cuya economía esta marcada principalmente por este tipo de negocios. En cuanto a tu duda sobre Madrid, desconozco en concreto si existen este tipo de ayudas o parecidas, pero quizas en la página de asociacion de trabajadores autónomos encuentres algo. Te dejo el link,. quizás te sea de ayuda. http://www.ata.es/ Saludos
Hola, bienvenido a Rankia. Hasta el momento no puedo contarte ninguna experiencia de alguien que haya abierto un negocio por medio de una Franquicia. Pero estoy segura que alguno de nuestros foreros lo habrá hecho y podrá contarnos su enriquecedora experiencia. De todos modos te dejo este post sobre la rentabilidad de abrir un Franquicia que igual le sea de ayuda a la hora de disipar dudas sobre lo que planteas: http://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2314881-son-rentables-franquicias Saludos!
Además, también se anunció que los trabajadores autónomos ecónomicamente dependientes podran contrar a un apersona en caso de conciliacion por bajar maternal, cuidado de hijo menor de siete años o persona dependiente. Por otro lado, se fija una bonifacion de 800 euros al año, conbrable en 3 ejecicios para facilitar la incorporación de socios trabajadores a las cooperativas y sociedades laborales. La cual sera de 1650 para menores de 30, durante el primer año.
Hola, bienvendia a Rankia. al tratarse de un pago fraccionado retraso, entiendo que deberias de hacer una declaración complementaria por dicho pago. Saludos!
Efectivamente, el calculo que debes de hacer es mediante el segundo proceso: 1ª Salario Bruto diario. El cual lo obtienes por medio del salario bruto mensual. 2ª Cálculo de dias trabajados, lo cual se correspondera con los años, en caso de que se ha llegado a trabaja varios años. 3ª Se multiplica la parte firmada en el ERE, 40 dias, por los años que te hayan salido. Con el tope del salario del salario que corresponderian a 12 mensualidades. Saludos!
Hola, bienvenido a Rankia. En este post se explica los cambios que se previeron para los autónomos en el 2014 de aplicación en este año: http://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2508778-cambios-tarifa-plana-autonomos Espero que te sea de ayuda. Saludos!
Hola, buenos dias! Te voy a dejar varios post donde se dan respuestas a muchas de las preguntas que planteas, creo que te serán de gran ayuda. En cuanto a si abrir en forma de empresa o autónomo: http://www.rankia.com/foros/empresas/temas/2722204-autonomo-sociedad-limitada-principales-ventajas-desventajas En cuanto a las ayudas que podeis recibir por nuevos negocios: http://www.creatuempresa.org/es-ES/Apoyo/Paginas/apoyosistema.aspx Los pasos para montar la empresa: http://www.rankia.com/blog/autonomos-y-emprendedores/2654430-como-crear-empresa En cuanto a la nomina que percibirias, al tener participaciones en la empresa, al ser el administrador y representante de la empresa, la figura que se adecua a tu situación es la de socio administrador, sin embargo, esta supone tener que darse de alta como autónomo. Pero creo que por lo que has planteado, quizás preferirias evitar ese tramite. ¿Puede ser? De todo modos espero que el resto de links que te he dejado te haya sido de ayuda. Saludos!
Hola, bienvenido a Rankia. Lo que plantees de modificacion del objeto social es posible siempre y cuando cuentes con el acuerdo de tu madre y de tu hermana, lo eleves a escritura pública y lo registres en el Registro Mecantil. Una vez que hayas podido hacer todos estos pasos, podrás realizar la actividad de traducción a través de la empresa. Pero entiendo, que como tal seras trabajador de la empresa, de manera que efectivamente no tendrás que darte como autonomo, ya que trabajas a traves de una empresa, pero tributaras como un asalariado más, es decir, que si cumples los requisitos para declarar, deberás de declarar el IRPF. En resumen, entiendo que serías socio trabajador de la empresa, debiendo de percibir un salario a través de una nomina. por tu actividad de traducción y los correspondientes beneficios. Saludos!