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Participaciones del usuario Emilio44

Emilio44 29/07/24 20:54
Ha respondido al tema AYUDA alquiler Personas VULNERABLES andalucia 2023 - Ayudas al alquiler
Pues sí, así es. He llamado por teléfono, escrito correos a muchas direcciones que siempre acababan en el mismo y la respuesta es que están mirando los del 25,26 y 27 de Enero. Otras veces me dicen a finales, y otras cambian de día, pero es lo mismo. No avanza porque el dinero destinado a esta ayuda, ya se gastó y no hay dinero. Esa es mi opinión personal. Deberíamos denunciar todos juntos, es  lamentable! Un saludo a tod@s!
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Emilio44 29/07/24 20:41
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Mapa86, lamento escuchar que te sientes triste y frustrado. Voy a intentar darte algunas orientaciones que podrían ayudarte en esta situación.Situación ActualParece que el problema radica en la modificación de tu historial médico y cómo se ha reflejado el motivo de tu baja. Tu médico de cabecera te ha indicado que no puede cambiarlo y te ha sugerido que hables con el ICAM.Pasos a SeguirContacta con el ICAM: Aunque pueda parecer complicado, el ICAM (Institut Català d'Avaluacions Mèdiques) es el organismo encargado de las evaluaciones médicas en relación con las incapacidades. Ellos tienen la capacidad de revisar y evaluar tu historial médico.Preparación: Reúne todos los informes médicos y documentación que tengas, especialmente aquellos que indican el motivo inicial de tu baja y los cambios posteriores.Explica tu Situación en Detalle: Al contactar con el ICAM, expón claramente tu situación. Indica que tienes informes que respaldan que el motivo inicial de tu baja era diferente y que te gustaría que se reflejara correctamente en tu historial médico.Presenta una Queja Formal: Si no obtienes una solución satisfactoria, puedes presentar una queja formal en el ICAM. Solicita que se revise tu caso y que se ajuste tu historial médico a los informes originales.Consulta con un Abogado o Asesor Médico: Si sigues sin obtener respuesta, considera hablar con un abogado especializado en derecho sanitario o con un asesor médico. Ellos pueden ayudarte a presentar tu caso de manera más efectiva y a defender tus derechos.Otros RecursosAtención al Paciente: Algunos hospitales y centros de salud tienen departamentos de atención al paciente donde puedes presentar tus quejas y solicitar ayuda para resolver problemas con tu historial médico.Colegio de Médicos: Otra opción es contactar con el Colegio de Médicos de tu comunidad autónoma para buscar orientación y apoyo.Defensor del pueblo. Es una opción muy válida y valorable. Personalmente lo he utilizado varias veces.Mantén la Calma y la PersistenciaEs normal sentirse abrumado en estas situaciones, pero intenta mantener la calma y ser persistente. Lamentablemente, el sistema puede ser burocrático, pero con paciencia y los pasos adecuados, puedes lograr que se escuche tu voz.Espero que estas sugerencias te ayuden a aclarar y resolver tu situación. Ánimo y saludos!
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Emilio44 29/07/24 20:31
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Jm1975. Entiendo tu preocupación. Aquí te dejo una explicación sobre cómo funciona el cálculo de la pensión y qué significan esos porcentajes e importes que mencionas.Porcentaje del 55%El porcentaje del 55% generalmente se refiere a la base reguladora de tu pensión. Si te han concedido una incapacidad permanente total, la pensión se calcula como un porcentaje de tu base reguladora. Para menores de 55 años, este porcentaje es del 55%.Importe Bruto e Importe LíquidoImporte Bruto: Es la cantidad total de la pensión antes de aplicar cualquier deducción.Importe Líquido: Es la cantidad que finalmente recibirás después de aplicar las deducciones correspondientes, como el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).Si en ambos casos (importe bruto y líquido) te aparece la misma cantidad, podría ser que aún no te hayan aplicado las deducciones correspondientes, o que, dependiendo de tu situación fiscal, esas deducciones sean nulas o mínimas en este momento.Pasos a SeguirVerifica con la Seguridad Social: Para estar seguro de por qué no hay diferencia entre el importe bruto y el líquido, puedes contactar con la Seguridad Social. Ellos pueden explicarte si hay algún error o si simplemente aún no se han aplicado las deducciones.Consulta con un Experto Fiscal: Puede ser útil hablar con un asesor fiscal para entender cómo se aplican las deducciones en tu caso particular. Esto te ayudará a prever cuánto recibirás realmente cada mes.Esperar la Confirmación Definitiva: A veces, las cantidades pueden ajustarse después de los primeros pagos. Mantente atento a cualquier comunicación de la Seguridad Social y revisa los pagos de los próximos meses.Resumen55% de la Base Reguladora: Este es el porcentaje de tu base reguladora que te corresponde por la incapacidad permanente total.Importe Bruto vs. Importe Líquido: Asegúrate de entender por qué actualmente ambas cantidades son iguales y si esto cambiará en el futuro.Contactar con Seguridad Social y Asesor Fiscal: Para obtener una aclaración detallada y asegurarte de que estás recibiendo la cantidad correcta.Espero que esta información te haya aclarado un poco más la situación. Saludos!
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Emilio44 29/07/24 20:26
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Asunsi, entiendo tu preocupación sobre las bajas que no aparecen en tu vida laboral. A continuación, te explico cómo solicitar un informe de vida laboral más detallado y cómo proceder para aclarar tu situación.Cómo Solicitar un Informe de Vida Laboral Más DetalladoSolicitar el Informe de Vida Laboral Online:A través de la página web de la Seguridad Social: Puedes solicitar tu informe de vida laboral en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Necesitarás tener certificado digital, DNI electrónico o estar registrado en el sistema Cl@ve para acceder.Con Cl@ve PIN: Si no tienes certificado digital o DNI electrónico, puedes registrarte en el sistema Cl@ve para acceder a los servicios de la Seguridad Social.Solicitar el Informe por Teléfono:Llamando al número de teléfono 901 50 20 50 o 915 41 25 30. Te solicitarán algunos datos personales y te enviarán el informe a tu domicilio.Solicitar el Informe en una Oficina de la Seguridad Social:Puedes acudir a una oficina de la Seguridad Social con tu DNI o NIE y solicitar el informe en persona. Es recomendable pedir cita previa para evitar esperas.Qué Hacer si No Aparecen las Bajas en la Vida LaboralPedir una Revisión de tu Vida Laboral:Cuando solicites el informe, puedes pedir que se revise detalladamente tu vida laboral para incluir las bajas por enfermedad que no aparezcan.Aportar Documentación Adicional:Lleva contigo todos los documentos que prueben tus periodos de baja, como partes de baja médica, informes médicos y cualquier comunicación oficial de tu empresa o de la Seguridad Social.Consultar en la Seguridad Social:Pide una cita en la Seguridad Social para que te expliquen por qué no aparecen esas bajas en tu vida laboral y qué pasos seguir para corregirlo.Cómo Solicitar un Informe de Vida Laboral Más DetalladoPara un informe más detallado, donde se especifiquen las bajas por enfermedad, puedes:Contactar directamente con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Explica que necesitas un informe detallado que incluya todas las bajas por enfermedad.Especificar tu Solicitud: Cuando solicites el informe, deja claro que necesitas que se incluyan los periodos de baja por enfermedad. A veces, el informe estándar no detalla estas bajas, pero un informe más completo sí lo hará.Espero que esta información te sea útil. Saludos!
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Emilio44 29/07/24 20:23
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Edurarri, te explico lo que generalmente sucede a partir de ahora, ya que estás a punto de cumplir 18 meses de baja.Procedimiento Después de 18 Meses de BajaEvaluación por el Tribunal Médico (ICAM o similar):Cita con el Tribunal Médico: Te han citado para una revisión médica. En esta cita, un equipo de médicos evaluará tu estado de salud y determinará tu capacidad para trabajar.Informe Médico: Lleva contigo todos los informes médicos y documentación relevante sobre tu condición.Posibles Decisiones del Tribunal Médico:Alta Médica: Si consideran que estás en condiciones de trabajar, te darán el alta médica y deberás reincorporarte a tu trabajo.Prórroga de la Baja: En casos excepcionales, pueden extender la baja médica hasta un máximo de 180 días más (6 meses), si creen que hay posibilidad de recuperación.Incapacidad Permanente (IP): Si determinan que no puedes trabajar en tu profesión habitual o en cualquier otro trabajo, pueden iniciar los trámites para concederte una incapacidad permanente. Las modalidades de incapacidad permanente incluyen parcial, total, absoluta y gran invalidez, dependiendo de la severidad de tu condición.Notificación de la Decisión:Recibirás una notificación formal con la decisión del tribunal médico. Esta notificación detallará si te han dado el alta, una prórroga o si han iniciado el trámite para una incapacidad permanente.Opciones si No Estás de Acuerdo:Si no estás de acuerdo con la decisión del tribunal médico, tienes derecho a presentar una reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en un plazo de 30 días. Si la reclamación es denegada, puedes llevar el caso a los tribunales.RecomendacionesPrepara la Cita: Reúne toda la documentación médica relevante y prepárate para explicar tu situación de salud detalladamente.Consulta con un Profesional: Si tienes dudas o necesitas orientación, considera consultar con un abogado especializado en temas laborales o un representante sindical.Espero que esta información te sea de ayuda. Mucha suerte con tu cita! Un saludo!
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Emilio44 29/07/24 20:17
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenas Santi! Pues la verdad es que has tenido mucha suerte. Están metiendo refuerzos a los jueces y quizás te haya toca uno de ellos. Me alegro mucho por tí. A mí el último que presenté en marzo, me toca en diciembre de 2026, así que como casi siempre no he tenido esa suerte. Un fuerte abrazo y mucho ánimo para el juicio! Saludos!
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Emilio44 29/07/24 20:12
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Asunsi. Voy a intentar aclarar tu duda sobre la cotización para la jubilación durante un período de baja sin contrato.Cotización Durante la Baja sin ContratoCuando te encuentras de baja por enfermedad común y tu contrato con la empresa termina, la Seguridad Social sigue cotizando por ti durante el tiempo que estés de baja. Esta cotización incluye las aportaciones para la jubilación.Posibles Razones por las que No Aparece en tu Vida LaboralDemora en la Actualización: Puede haber un retraso en la actualización de tus datos en el sistema de la Seguridad Social.Registro de Cotización: El tiempo de baja puede estar registrado bajo una categoría diferente y no mostrarse claramente en tu informe de vida laboral estándar.Errores Administrativos: Es posible que haya habido algún error en el procesamiento de tu baja y la cotización correspondiente.Pasos a SeguirContacto con la Seguridad Social: La primera recomendación es que te pongas en contacto con la Seguridad Social para aclarar cómo está registrado tu período de baja. Ellos pueden verificar y corregir cualquier error.Solicitar un Informe Detallado: Pide un informe de vida laboral más detallado. A veces, los informes simplificados no muestran toda la información específica.Documentación Médica y Administrativa: Mantén toda la documentación médica y administrativa relacionada con tu baja para respaldar tu reclamación si es necesario.Es importante que todas tus cotizaciones estén correctamente registradas, ya que esto puede afectar tu derecho a la jubilación y otros beneficios futuros.Espero que esta información te sea útil y puedas solucionar cualquier discrepancia en tu vida laboral. Un saludo!
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Emilio44 28/07/24 16:25
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Santi 80. Muy buenas tardes compañero! Gracias por tus palabras y por los ánimos que nos das a todos. Es muy importante mantenernos unidos y apoyarnos en este proceso tan complicado.Sobre tu Demanda de Incapacidad AbsolutaMe alegro mucho que ya hayas presentado la demanda de incapacidad absoluta! Es un paso esencial, y entiendo que haya sido un proceso largo y agotador. Espero que pronto tengas noticias positivas y que se reconozca tu incapacidad absoluta de manera justa.Sobre la Revisión del Grado de DiscapacidadEs genial que finalmente hayas pasado la revisión del grado de discapacidad. Entiendo que es frustrante esperar tanto tiempo, pero al menos ya has avanzado en ese proceso.Comentarios sobre la Compatibilidad de la IPA y el TrabajoTienes toda la razón. La ley es clara en cuanto a las condiciones de la incapacidad absoluta (IPA) y la gran invalidez (GI). Estas incapacidades implican que la persona no puede trabajar en ningún empleo, y la solicitud de compatibilidad con el trabajo es un tema delicado. La ley busca proteger a quienes realmente no pueden trabajar debido a sus limitaciones físicas o mentales, y es fundamental que se mantenga justa para todos, pero no quiero meterme mucho en ese charco, ya que entiendo que persona con IPA tengan una pensión baja y necesiten trabajar para subsistir... es complicado.Historia Personal en la PlayaTu experiencia en la playa es lamentable pero desafortunadamente no es única. Muchas personas no respetan las zonas reservadas para quienes realmente necesitan esos espacios. Es frustrante ver cómo algunos se aprovechan de los servicios destinados a personas con movilidad reducida.Reflexión FinalTu mensaje es claro y contundente. Es fundamental que todos entendamos y respetemos las leyes de incapacidad o discapacidades para que se mantengan justas y beneficiosas para quienes realmente lo necesitan. A veces, es difícil lidiar con la burocracia y la desinformación, pero compartir experiencias y apoyarnos entre nosotros nos ayuda a seguir adelante.Un fuerte abrazo compañero. Seguimos en contacto y nos mantenemos fuertes!
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Emilio44 28/07/24 15:50
Ha respondido al tema Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Hola Marineta66, voy a intentar aclarar tu duda sobre los pagos y las diferencias entre lo recibido de la mutua y lo pagado por la Seguridad Social.Pagos y FechasEmpresa: Hasta el 31 de mayo, tu empresa te pagó el 100% de tu salario. Esto generalmente ocurre durante la baja por incapacidad temporal cuando la empresa sigue pagando, pero recibe un reembolso de la Seguridad Social.Mutua: Desde el 1 de junio hasta el 27 de junio, recibiste el 75% de tu salario por parte de la mutua. Este es un pago común durante la incapacidad temporal, una vez que la empresa deja de pagar directamente.INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): La fecha de efectos económicos de tu pensión de incapacidad es el 29 de mayo. Esto significa que el INSS comienza a hacerse cargo de tu pensión a partir de esa fecha. El pago que recibiste del INSS cubre del 29 de mayo al 31 de julio, menos lo que ya te ha pagado la mutua y la empresa.Diferencia en PagosDiferencia Pagada por la Mutua: Es posible que la diferencia que mencionas entre lo que recibiste de la mutua y lo pagado por la Seguridad Social se deba a varios factores:IRPF: La mutua podría haber aplicado una retención de IRPF diferente a la que aplica la Seguridad Social.Ajustes: Podría haber ajustes en los pagos que aún no se han reflejado en el monto final que te paga la Seguridad Social.Pendiente de Pago por la Empresa o la Mutua: Si la diferencia es significativa, podría ser que la mutua no te haya pagado todo lo que debía. En algunos casos, las mutuas retienen parte del pago hasta que se les solicita formalmente que lo abonen completo.Pasos a SeguirPara resolver esta diferencia, te recomiendo lo siguiente:Revisar Detalles de Pagos: Revisa todos los detalles de los pagos recibidos tanto de la mutua como de la Seguridad Social. Comprueba las fechas y las cantidades exactas.Consultar con la Mutua: Contacta a la mutua para pedir una explicación detallada de lo que te han pagado y si hay algún monto pendiente.Consultar con el INSS: Si persisten las dudas, puedes acudir a una oficina del INSS para que te aclaren cualquier diferencia en los pagos y verifiquen que todo está correctamente abonado.Revisión del IRPF: Asegúrate de que tanto la mutua como la Seguridad Social han aplicado correctamente el IRPF en los pagos, ya que esto puede afectar la cantidad neta que recibes.Espero que esto te haya ayudado a entender mejor la situación y que puedas resolver las diferencias en los pagos. Mucho ánimo!
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