Buenos días, Angelneu. No ne queda claro lo de "rentas de la misma naturaleza", ¿podría explicarlo? La ganancia en la venta de la segunda vivienda ¿no es de la misma naturaleza y por lo tanto habrá que dividir dicha ganancia entre los meses que han pasado de una venta a otra?Muchas gracias.
Buenos días, Angelneu. No ne queda claro lo de "rentas de la misma naturaleza", ¿podría explicarlo? La ganancia de la segunda vivienda ¿no es de la misma naturaleza y por lo tanto habrá que dividir la ganancia entre los meses que han pasado de una venta a otra?Muchas gracias.
Buenos días. ¿Interpreto bien?. Una persona que solo ha cotizado 15 años en su vida laboral, ninguno en los últimos 15 años antes de la jubilación y ha estado apuntada en el paro en búsqueda de empleo ¿puede cobrar una pensión de jubilación?.Muchas gracias.
Muchas gracias por la respuesta a ambos.Una cuestión más, si el mes anterior, antes de llegar a la edad ordinaria de jubilación (cobrando subsidio mayores de 52 años) se sobrepasara el tope de las rentas mensuales ¿habría que comunicarlo a SEPE?Gracias.
Buenos días. Con respecto al comentario de Marineta 66 sobre la venta de la segunda vivienda, si el dinero se pusiera en un depósito bancario o cta. cte. remunerada ¿habría también rendimiento presunto o se contaría el interés?Muchas gracias.
Buenas tardes. Estoy cobrando el subsidio para mayores de 52 años, en enero mi mujer realizó un rescate parcial de un plan de jubilación (NO DE PENSIONES) a su nombre (estamos casados en gananciales). En unos días, quiero rescatar un seguro de ahorro que está sólo mi nombre. ¿Cómo repercute la ganancia de este último rescate en el cálculo mensual de rentas?. ¿Lo divido entre 2 luego entre doce meses y lo sumo a las otras rentas del mes? o ¿se considera que en enero se tuvo una ganancia de un plan de ahorro (aunque fuera de mi mujer) y por lo tanto puede interpretar el SEPE una ganancia en 8 meses y lo tendría que de dividir entre 8?.
Hola Lbfes, no cuenta el montante, solamente la plusvalía. En tu caso vendes con minusvalía no te tienes que preocupar, aunque sería interesante que aprovecharas (dentro del mismo mes) y vendieras algún producto con ganancias para compensar, y de esta manera tendrías menos rendimiento presunto en los meses siguientes.
Si tus rentas de un mes pasan de 712,50€ tienes que comunicarlo ( yo lo comunicaría al SEPE en ese mes) si no pasan, no tienes que comunicar nada.Cuando hagas la declaración anual de rentas al SEPE, si en ningún mes te has pasado de 712,50€ sólo tienes que rellenar tus datos personales.