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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#1741

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hay tres momentos a tener en cuenta en una propiedad heredada. 
- La herencia en sí misma.
- el tiempo que la propiedad ya es suya.
- La venta.
La sentencia a la que hace mención habla del primero y el tercero, pero no del tiempo que la propiedad es suya. Está bien aplicado el interés presunto porque ahora mismo tiene un patrimonio, hasta que lo venda.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1742

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias por responderme. Sobretodo era por recibir el dinero del contrato, si al final no se hace la venta y me quedo el dinero de las arras si que contaría no?
#1743

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Es una buena pregunta que nunca me había planteado.
Está claro que es un incremento patrimonial que no está exento y que además se debe imputar al 100% ya que no se trata de una venta.
Si la cantidad no supone causa de suspensión no hay problema, pero ¿en el caso de que lo sea? ¿a qué momento se debe imputar?. Nada dicen las instrucciones del SEPE sobre eso.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1744

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

@franjgr 
 Hola sr. Fran soy Paquita la que todo se lo pregunta a ud pir su sabiduría. Desde el día 22 soy pensionista jubilacion pir mus 66 años y 6 meses.  Me salio la mínima incluida el complemento minimos. Pregunto el complemento cuenta desde el 22 de Agosto de 2024 que me la concedieron hasta 22 de Agosto de 2025. Me refiero a los ingresos que vengan a partir de ahora de cara a no superar lis 8942 euros anuales para no perder el complemento a minimos. Desde cuando computan las rentas en esa pensión? Luego anualmente se hace alguna declaración de ingresos en seguridad social.  Es que aquí estoy muy despistada. Si me puede ayudar Gracias. 
#1745

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días, me han suspendido el subsidio el día 21 de Agosto por venta de segunda vivienda tras haber enviado dicha información al SEPE por vía telemática (copia de escritura de compra y venta de la vivienda). ¿Sería el día 21 de Septiembre cuando podría volver a solicitar el alta?. Con la venta de la vivienda entiendo imputarán el 3,25% de interés presunto del total de la venta dividido entre dos por estar a nombre de dos titulares dicha vivienda. De cara a solicitar el alta por seguir que mes se tiene en cuenta para demostrar carencia de rentas, el mes anterior a la suspensión o de fecha a fecha tras la suspensión. Gracias.
#1746

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Aclaremos,  alta NO;
REANUDACIÓN :

1. Si la fecha efectiva de suspensión es el 21/08 (periodo de imputación 21/08 al 20/09) el 21/09 estaría en condiciones de iniciar la REANUDACIÓN.
2. Le imputarán el rendimiento presunto a la cantidad que le imputaron,  motivo de la suspensión (su 50% de la venta)
3. Pasado el mes de suspensión hay que volver a hacer cuentas,   ya que se puede dar la circunstancia que sigas superando rentas tras el periodo de suspensión (incluyendo el rendimiento presunto de la venta) 
#1747

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días, 

En el caso de venta de vivienda. Cuál es la cantidad a imputar? El interés presunto? Se podría explicar con un ejemplo? 

Muchas gracias 
#1748

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Vivienda NO habitual,   comprada en el año 2010 por 100.000 euros y que vendes hoy por 180.000.
Ganancia patrimonial :  80.000 euros

1ª imputación : cuando la vendes  :  80.000/12 = 6.666 euros mes, que te imputarán ese mes :  Suspensión del subsidio 

2ª imputación :  A partir de cumplido el mes de suspensión  :   3,25% anual a los 80.000 euros = 216,66 euros/mes.   Si con la suma de otras posibles rentas no superas los 850,50 euros;  se puede solicitar la REANUDACIÓN. 

#1749

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias, muy bien explicado!!!! 
#1750

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días. Con respecto al comentario de Marineta 66 sobre la venta de la segunda vivienda, si el dinero se pusiera en un depósito bancario o cta. cte. remunerada ¿habría también rendimiento presunto o se contaría el interés?
Muchas gracias.
#1751

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Si se tiene un rendimiento explícito, no se aplica el rendimiento presunto.
#1752

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Al hilo de la respuesta anterior:
Si se tiene un rendimiento explícito, no se aplica el rendimiento presunto.
El SEPE no va a saber nunca donde está ese dinero,  ni tampoco si se ha gastado o no.

Por ello,  mientras no se requiera al SEPE,  con la documentación correspondiente, que se cambie la situación de ese dinero (rendimiento efectivo/presunto),  el SEPE va a seguir imputando el rendimiento presunto indefinidamente.


#1753

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

@franjgr 
Hola sr. Fran soy Paquita la que todo se lo pregunta a ud pir su sabiduría. Desde el día 22 soy pensionista jubilacion pir mus 66 años y 6 meses.  Me salio la mínima incluida el complemento minimos. Pregunto el complemento cuenta desde el 22 de Agosto de 2024 que me la concedieron hasta 22 de Agosto de 2025. Me refiero a los  ingresos que vengan a partir de ahora de cara a no superar lis 8942 euros anuales para no perder el complemento a minimos. Desde cuando computan las rentas en esa pensión? Luego anualmente se hace alguna declaración de ingresos en seguridad social.  Es que aquí estoy muy despistada. Si me puede ayudar Gracias. 
#1754

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Los ingresos, obviamente, computan desde la jubilación. 
Sobre todo lo demas yo también lo desconozco

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#1755

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Gracias sr. Fran por su ayuda y dedicación. Siempre está en todo.  Cuídese mucho eh. Gracias