Muchas gracias por su detallada respuesta.Si no he entendido mal, en cuanto a la COMPRA, si el vehículo es afectivo a la actividad al 100%, puede deducirse tanto en IRPF como IVA.Si por el contrario, no es afectivo al 100%, sólo puede deducir el 50% del iva (en caso de que no esté regulado por REBU, que sería 0 ) , quedando excluido en el irpf. ¿Estoy en lo cierto?Si el vehículo es afectivo al 100% y lo adquiere por REBU, ¿ Puede aplicarse el 100% de la base imponible al IRPF, verdad?Muchas gracias de nuevo.
Muchas gracias por su respuesta y dedicación.
De dicha situación ha surgido otra cuestión. Me explico:
El inmueble se adquiere en el ejercicio 2001 por 45.000€. Posteriormente se realiza la concesión de una hipoteca en 2008 por el importe de 70.000€ para pago del inmueble y rehabilitación.
En 2018, se realiza la venta del inmueble por 73.000€.
La duda es la siguiente:
¿Qué importe tributaría como ganancia patrimonial? 73.000€ - 45.000€ = 28.000€ ó ¿ El préstamo podría restarse también, obteniendo sólamente 3.000€ de ganancia patrimonial?
Yo pienso que el préstamo no entraría como importe deducible, pero tengo mis dudas.
Un saludo.
Muchas gracias.
Ahora me resulta otra cuestión. A la hora de solicitar un préstamo, ¿qué método fiscal es más beneficioso para la concesión del mismo.?
El motivo de la consulta trata acerca de módulos.En este caso, trata de una clínica de fisioterapia de 38m2. La estimación que asigna hacienda es unos 11.300€. ¿Serían insuficiente estos ingresos estimados para que el banco lo conceda? O ¿ mirarían otras cosas?
Muchas gracias por sus contundentes respuestas. Un saludo.
Muchas gracias por la aclaración.
Acerca de la deducción de los 100€ en el modelo 131, En las retenciones a cuenta de la actividad del modelo 100 de la renta,¿ se introduce el importe del sin la deducciones?
Por ejemplo: el pago trimestral fijo en los trimestres es de 200€ por trimestre.
En cada modelo 131, se deduce 100€ y de paga sólo 100€.
En la declaración de la renta, ¿ se intruducen esos 200€×4 trimestres como cargo en cuenta?
Muchas gracias por su ayuda.
Hola Quiebra S.L.
En el pc no aparece por ningún lado el libro diario, solamente el balance de pérdidas y ganacias y balance de situación. Es una entidad sin ánimo de lucro la cual presenta el IS 200 y correspondientes 202. Por lo que estos modelos sí los tengo todos
¿Cómo serían los pasos para aperturar el 2018 a partir de los datos citados? Muchas gracias