harko
25/04/22 20:50
Ha respondido al tema IRPF. Inmueble con okupas
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Una pequeña acotación en cuanto al plazo para considerar los saldos de dudoso cobro en los gastos de inmuebles arrendados que se reduce de 6 a 3 meses." Para los ejercicios 2020 y 2021 se reduce de seis meses a tres meses el plazo exigido para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración de saldo de dudoso cobro y, puedan ser gasto deducible. Además, se prevé la posibilidad de que este plazo pueda ser modificado por vía reglamentaria (art. 15 del Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria)."Fuente:https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-4-rendimientos-capital-inmobiliario/gastos-deducibles/otros-gastos-necesarios-obtencion-rendimientos.htmlhttps://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-16823#a1-7Saludos.