Pero si hasta ahora cobrara del expediente de regulacion de empleo la parte exenta no tenia ni retencion ni seguridad social y a partir de ahora ( que ya no es parte exenta ) me retendran IRPF y seguridad social ? porque si he estado en un expediente de regulacion de empleo ya no me toca seguridad social...al menos es lo que yo pensaba, no ?gracias
Disculpas por los acronimos, me referia a que si , tal como dices, cuando me retengan tambien me restaran la cotizacion a la Seguridad Social.Espero tu ayudaGracias
Perfecto pero si vengo de un ERO y tenia unos meses exentos y a partir de ahora me praticaran retencion, tambien me cobraran SS.SS o cuando vienes de un ERO no te retienen nada de SS.SS como te retienen con la nomina.Saludos
Muchas gracias y en esta pagina lo que indica es la retencion que me tiene que hacer la empresa o la que tendre que pagar yo cuando haga la declaracion de la renta ?Saludos
Lo de la proporcionalidad lo entiendo, lo de no mezclar la imputacion de rentas ( utilizar el valor catastral porque asi lo indica la Ley ) tambien.Lo que me crea duda es "en el valor de adquisición de una transmisión cuyo bien se adquirió por vía lucrativa, la misma establece que queda fijado en el importe consignado en el cuaderno particional y en el Impuesto sobre Sucesiones." Cuando dices via lucrativa, te refieres a herencia no ? y entonces el importe no debe ser el valor de referencia, es a eso a lo que te refieres ?Gracias
Entiendo que el valor de transmision en este caso debe ser el importe recibido como compensacion en la disolucion del condominio, y el valor de adquisicion el valor declarado en la herencia recibida ( que creo que se hizo constar el valor de referencia y no el valor catastral ); es correcto ?Gracias
perdona Maqiz pero olvide un tema y es que la transmision no se hizo como venta se hizo como disolucion de condominio recibiendo en escritura como compensacion un importe que fue inferior al precio de adquisicion, que tengo que poner en el irpf ?Gracias