Hay una ciencia para valorar el riesgo. Hablo de matemáticas, no de astrología.Se trata de la gestión de riesgos. Todas las grandes empresas tienen un gestor de riesgos en plantilla, o todo un departamento. Ayudan a que se mantengan en pie por años.Si aprendes sobre gestión de riesgos, al menos la teoría, es improbable acabar el proceso sin tener un seguro. Si es que quieres tener certeza de poder mantener el negocio por años.Así que, te animo a leer sobre el tema.
Vista por encima la póliza y a falta de lo que pueda poner en condiciones particulares, si tendría sentido la cobertura, y por tanto, mi apuesta va en que la compañía del contrario, reparó sin saber que existía esa cobertura de la comunidad y como es lógico te reclama los daños.Con llevarle la reclamación al agente o corredor de la póliza de la comunidad debería estar resuelto.No se por qué hay esa manía de tramitar los siniestros complicando y poniendo un intermediario más (el administrador) que lo que puede hacer es sumar un paso y por tanto una posibilidad de error al trámite, y desde luego, una ampliación en los plazos de respuesta.
Faltan datos. Algo más ha pasado.Entre esas cosas podría ser que la cobertura que has visto sea la de responsabilidad civil, pero haya otro apartado de responsabilidad civil de daños por agua y que no sea tan extensa.Podría ser, solo, que la aseguradora el propietario del local perjudicado, y sin reparar, no estuviera de acuerdo con la indemnización propuesta ( o la forma de reparar) y hubiera reparado de forma privada con su seguro y su aseguradora pasa la factura y al seguro de comunidad no le parece "adecuada".Podría ser que la póliza de la comunidad cubra la responsabilidad de las instalaciones comunes de agua, pero que hayan pensado que ese grifo no es instalación común. Que sea un objeto privativo.Podría ser que la aseguradora del perjudicado, haya visto la causa del daño y reclame directamente al responsable, tu, porque desconoce que la aseguradora de la comunidad podría cubrir el hecho, y si sabe que es un grifo, es privativo, y va a por el dueño del grifo.Esto se me ocurre así de primeras, pero puede ser cualquier otra cosa. Hasta un error.Y no entraré entre la posibilidad de soluciones, algunas ya están comentadas, pero depende del motivo real la forma de solucionar.Un consejo, que la comunidad de propietarios tenga un seguro más o menos completo, no quiere decir que no sea inteligente tener tu uno propio. Incluso con coberturas similares, porque siempre hay detalles en el limbo... que son los que acaban pasando.
Tiene razón Linea Directa, porque el contrato es escaso en coberturas. Porque en otras aseguradoras se cubre este hecho. No solo por volumen de agua recogido, también sin superación de umbrales mínimos...Eso sí, el precio es otro y no te regalan la cobertura de antiocupación que, tampoco sirve para nada.
En la ley de contrato de seguro, no aparece ni una vez la palabra "extorno".Y en dos ocasiones habla de devolución de prima, una por rectificación de un sobreseguro, o disminución del riesgo, y otra por el desistimiento de una póliza de vida.Puedes pedir lo que quieras por escrito. Y patalear lo que te apetezca en la puerta de la DGSFP.No tienes razón.
Descárgate la aplicación de Allianz para clientes. Te tienes que poder registrar con tus datos que has dado a la compañía. Y ahí puedes mirar si tu recibo está pagado (por quién sea, tu el agente, o la Virgen del Pilar.)Si pone pendiente, está pendiente, en 30 días desde el vencimiento sin cobertura, art. 15 LCS.Es verdad que allianz puede ser laxa en los plazos. Pero bastante inflexible en sus normas. Y no te aplicará una prima sin consumir a un vehículo que ya está asegurado en la compañía.
Eso no quiere decir que sepa.Te está dando esperanzas para algo que "ninguna" aseguradora hace. Allianz tampoco.Si eres un cliente para que la aseguradora haga una excepción (posibilidad muy remota) lo hará con el recibo pagado también.No tiene sentido dejar el coche sin seguro. Salvo para que incluso compliques la salida a otra compañía, porque acabarás por desaparecer de los sistemas, y perderás las bonificaciones.No esperes a que pasen los días que tienes para pagar el recibo, si te planteas seguir, y no tardes en cambiar de compañía si te planteas cambiar.
FWU hoy no está en concurso de acreedores, ni en España, ni en Luxemburgo. Mañana no sabemos.La única realidad pública es la que te han dicho desde OVB. Han presentado un plan para volver a la rentabilidad pero la CAA no se ha manifestado.La situación allí es lo que aquí diríamos como que la entidad está "intervenida" o sea, controlada totalmente por una persona externa a la aseguradora, que dirigirá hasta que la rescate, o vea que no es capaz de sostenerse. En España, este proceso ha tardado en el pasado, tres meses, o seis, o un año... antes de tomar una decisión. Aunque lógicamente, la liberación de fondos pueda producirse antes, para permitir rescates sobre todo si se ve que la entidad puede ser solvente.Una vez más, lo peor del caso no es la insolvencia, porque el dinero, si no hay nada raro, estará invertido en los fondos, el problema es que no hay que contratar PIAS que te sangran a comisiones cuando invierten en fondos de inversión. Para eso te vas directamente a fondos.La paralización de la póliza, la reducción de la póliza, es la opción más sensata. Pero no es para todos los casos, porque en algunos puede significar la pérdida de lo aportado. Aunque puede que sea casi más barato que seguir...
Los 4 intermitentes pueden significar varias cosas, una que esté descargando, pero también que existe una circunstancia de peligro que ese conductor ve y los demás quizá aún no, por lo que si fuera importante, podría serlo para que el conductor del B tuviera aún más cuidado en la maniobra, porque podría querer decir que había un niño detrás de una pelota.Solo el hecho de discutir si estaban o no puestos esos intermitentes y demostrarlo es un trabajo enorme, y es mucho mejor destinarlo a demostrar que el A estaba parado, sin circular, y comienza la marcha. Pero como la cosa acabe en dirimiéndose en el juzgado no descartaría la culpa compartida.