Leo que te llamaron, aquí solo al inicio de la apertura de la cuenta, nunca nos nombraron el tema de la tarjeta. Ahora al apuntarnos a la nueva promoción de la tarjeta nadie se pone en contacto con nosotros, tenemos activado el contacto por móvil, o son muy pesado o pasan de nosotros.Veremos mañana, eso si, he cambiado de oficina para ver si tenemos más suerte.
Podría ser, de momento sobre la tarjeta de crédito de la promoción de nómina no se sabe ni dicen... Lo que me dijeron que debería esperar 6 meses.Me he apuntado a la promo de esta tarjeta veremos que pasa, en principio deberían ponerse en contacto conmigo pero se momento nada de nada.Igualmente lea he pedido otras tarjetas mediante correo electrónico y no han dado señales de vida.Si se ponen en contacto veremos que pasa, que me dicen... Así mismo, aprovecharé para preguntarles pq no no funciona el tema bizum con Amazon que me tiene intrigado...
Por aquí ni por teléfono y menos por oficina.En la oficina me dijeron la primera vez que los visité para tema del límite de las transferencias que debía de disponer de 6 meses de antigüedad para solicitarla, sin más comentario....Las veces que lo he intentado por teléfono me dicen que solo se puede en oficina. Cuenta online = presencia en oficina, algo falla
Ante todo muchas gracias por tu respuesta.Esperamos que os recuperéis lo antes posible de vuestros problemas de salud.Te explico:Mi marido tuvo un accidente de trabajo, que le dejó secuelas.La mutua se lavo las manos. Por ello, presentó una denuncia en juzgado de lo social solicitando una IP Parcial (debido que no quiere dejar de trabajar en su profesión). El en sentencia judicial le resuelve que dispone de unas secuelas iguales o superiores al 33% con lo cual le dan la IPP.En el trabajo le adapta su puesto y sigue trabajando.Solicita el grado de discapacidad, le resuelven con un 33%, dispone de su carnet.Ahora le han realizado la revisión de los dos años, está a la espera de la resolución.Después de leer, veo que desde la nueva aplicación de las valoraciones de discapacidad, estás son mucho más a la baja que con la norma anterior.Si en el caso que resolución de la revisión, le dieran una discapacidad en grado menor al 33%, La pregunta es, si solo con disponer de la sentencia judicial que le indica la IPP y el %, valdría para acogerse a temas fiscales.